La Taberna del Puerto Almayer
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Originalmente publicado por BichoBola Ver mensaje
Acabo de encontrar dentro del derecho internacional algo llamado "Zona contigua", que es es todo aquel territorio perteneciente a un estado con extensión marítima de 12mn donde puede establecer su reglamentos para beneficio del país, esto se suma a las 12mn de las aguas territoriales, con lo cual, parece ser que las aguas territoriales mas la zona contigua queda en 24mn donde se puede ejercer los reglamentos del pais.
Ojito que si esto es asi de zona 4 nada de nada, pasamos a zona 3.
Algun jurista puede confirmar o desmentir esto?

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Las aguas territoriales son las que son, 12 millas desde las lineas de base, excepto cuando se superpongan con las aguas territoriales de otro pais, no hay mas.

La zona contigua y la zona economica exclusiva son otro tema.
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