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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Cita:
autoridades españolas. Y si por el motivo que sea, vas de un punto a otro y atraviesas aguas territoriales españolas, está la figura del "Derecho de paso inocente", según la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982. Habría que consultar a un jurista, sobre la protección que ofrece ese derecho, porque tampoco es cuestión de tener el barco en Portugal e irte todo el invierno a las islas Canarias. Pero si, por ejemplo, recalar en ellas para abastecerte, camino del Caribe. Y a unas malas, no navegar más por aguas de este país, hasta que no cambien la legislación. Hablamos de medidas de protesta. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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