PPER tiempo de validez del apto o aprobado
En la resolución de 12 de Julio de 2017 de la DGMM se establece que:
"Séptimo. Plazo para solicitar la expedición del certificado.
Una vez superada la prueba de conocimiento se dispondrá de un plazo máximo de 24 meses para solicitar la expedición del certificado, debiéndose cumplir los requisitos de la base primera, apartado tres."
¿Lo anterior significa que, si no presentas los certificados y la declaración jurada en 24 meses y no solicitas el certificado PPER en dichos 24 meses, no te vale para nada el aprobado y que tienes que volver a realizar y aprobar el examen?
Gracias por la aclaración.
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