Cita:
Originalmente publicado por Diego px
Unas rondas
Pero la GC siendo bandera extranjera puede subir a mirarlo pregunto el wc
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Te contesto. Es indiferente la bandera, si la embarcación permite desarrollar la vida a bordo con privacidad e intimidad puede considerarse un domicilio (temporal o permanente) y por tanto inviolable. Rotundamente, bajo ningún concepto nadie puede entrar a verificar una supuesta falta administrativa, sin autorización de los ocupantes. No confundamos falta administrativa con delito.
STS núm. 919/2004, 12/jul, "... resulta del todo evidente que una embarcación puede constituir la morada de una o varias personas cuando la utilicen como reducto de su vida privada, pues sin duda están construidas tales embarcaciones de forma que resultan aptas para que en las mismas se desarrollen conductas o actividades propias de áreas de privacidad"