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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
disculpas saludos |
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#2
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¡¡ tranquilo todo el mundo!!
¡¡ que no cunda el pánico!! ![]() ![]() Una semirígida de 7,5 metros con un motor de 225 Hp. no es una "embarcación de alta velocidad", al menos según lo que se dice en este documento: https://www.mitma.gob.es/marina-merc...alta-velocidad |
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#3
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Lo primero una buena ronda a los cofrades, que hace mucho que no entro en la Taberna:
Son normativas distintas. A la que hace referencia la página de Marina Mercante es antigua y pretendía llevar un control de embarcaciones de Alta Velocidad. Exigía que determinadas embarcaciones (entre las que efectivamente no se incluía la de 7,5 mts de nuestro cofrade) se dieran de alta en un registro controlado por las Capitanías Marítimas, y se exigía que las embarcaciones de alta velocidad llevasen, de manera visible, pintadas las siglas EAV. La normativa a la que se hace referencia en el hilo es más reciente. En 2018 entró en vigor el Real Decreto Ley 16/2018 que modificaba la Ley de Contrabando y, a partir de esta norma, se considera "género prohibido" ( y por lo tanto son susceptibles de aprehensión por el simple hecho de "existir") determinadas embarcaciones, entre las que sí está incluida la de nuestro cofrade, al superar la potencia máxima autorizada de 150Kw para esa eslora. Para evitar que la embarcación sea aprehendida por la Agencia Tributaria o por la Guardia Civil, es preciso que esté dada de alta en los ficheros que se han citado y que son gestionados por Hacienda (AEAT). El alta en los ficheros se puede efectuar online en las páginas indicadas por algún cofrade. Buena mar a todos ![]() ![]()
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Carpe mare ![]()
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#4
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La verdad que este R.D. tampoco deja muy claro el asunto ya que deja abierto el tema a muchas excepciones.
De todas formas una semirígida de 7,5 metros con un 225 Hp me parece un barco "normal", no pensado expresamente para "hacer el mal" ni para ser el más rápido del barrio. Como se dice ....Doctores tiene la Santa Madre Iglesia. Antes de adquirir mi actual embarcación consulté la norma que había citado y al comprobar que se quedaba fuera de la categoría "sospechosa" hice la compra. Afortunadamente este R.D. siempre habla de neumáticas y semirígidas por lo que mi barquito Tipo Open de + de 8 metros de eslora y con 250 Hp. + auxiliar de 15 Hp. sigue quedando fuera de esta clasificación. O al menos eso me ha parecido a mi. |
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#5
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Muchas gracias por vuestra ayuda! Entonces por lo que veo lo único que tendría que hacer es registrarme y ya está...
Seguro que haciendo este registro muchos narcos han desistido de sus operaciones... Sois unos cracks!! otra ronda a mi cuenta!! ![]() ![]() |
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