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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#8
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Hola,
Espinjr, no es como interpretas. Lo que este RD deja ya meridianamente claro es el caso de las embarcaciones con marcado CE. Estas embarcaciones quedan automáticamente autorizadas a navegar en las zonas correspondientes a su categoría aprobada, siempre que lleven a bordo el material exigido para la zona en que se encuentren navegando. Si estás a menos de 5 millas, 3 bengalas y un chaleco por ocupante.Pero, insisto, lo que también dice claro este real decreto es que sólo pueden pedirte el material de seguridad para la zona -y tripulantes- en que estés navegando. En absoluto el corresponde al marcado CE, sólo el exigible por lugar en que estés y al número de personas a bordo.
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Newton El movimiento se demuestra andando. |
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Nit (30-09-2021) | ||
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