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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Esto te puede dar la información que necesitas:
https://assets.publishing.service.go...io-Devices.pdf https://www.rya.org.uk/knowledge/saf...-epirb-and-plb En mi opinión, y si navegas solo, PLB, con la limitación de que hay que activarla manualmente. La Almiranta y yo navegamos siempre juntos, y lo que tenemos es balizas AIS-MOB automáticas. Por otra parte, ten en cuenta que si tu barco tiene bandera española, la DGMC impone una serie de absurdas limitaciones a las PLB's. Básicamente, nuestra bienamada Adminstración sólo permite las PLB's a bordo de barcos españoles si no existe obligación de que el barco lleve una radiobaliza convencional (EPIRB); además (agárrense que vienen curvas), la PLB tendrá que ser programada con el MMSI del barco en cuestión, y empleada sólo en ese barco ![]() ![]() . Con lo que nos cargamos enterito el concepto de baliza PERSONAL. Una vez más, España es el único país del Mundo que establece semejante limitación estúpida. ![]() Afortunadamente, algunas Administraciones (Reino Unido es una de ellas) permiten a ciudadanos extranjeros el registro de las PLB bajo ciertas condiciones, si en su propio país no pueden registrarlas. Además de esto, si compras una PLB en una tienda online extranjera y ven que eres español, es posible que te pidan el MMSI de un barco español (como si los españoles sólo pudiéramos tener barcos abanderados en España ) o no te la vendan.Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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IRISOJA (31-10-2021) | ||
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#2
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Muy interesantes los links Apagapenol.
Pero al final, la duda subsiste. Y en navegación costera, en aguas con tráfico habitual y con un VHF portatil en el bolsillo, parece que el AIS puede ser una opción... En el fondo es la misma duda que al principio!!
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Apagapenol (31-10-2021) | ||
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#3
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No te puedo ayudar mucho pues te dirá que cuando navego solo yo llevo una baliza Ais en el chaleco y la Plb en el bolsillo, con lo que lo soluciono gastando el doble de dinero...
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#4
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Yo tengo una PLB, de activación manual. La tengo registrada en el Reino Unido exactamente por lo que describe el cofrade Apagapenol, porque la llevo cuando navego en solitario en mi barco con MMSI pero también cuando salgo en mi kayak o cuando me apunto a alguna regata en otro barco que no es el mío.
Cada año recibo una carta del gobierno británico recordándome de que tengo la obligación de registrarla en paises que tengan este registro, pero como esta PLB el fabricante comprende que se puede utilizar en el ámbito marino, pero también en aviación o deportes de senderismo o escalada, no la registro y la mantengo bajo registro británico. En este caso, su única pega sería que la alerta se redirigiría a los servicios de salvamento ingleses, quienes lo derivarían inmediatamente a la zona marítima donde se localizara la alarma, en mi caso, a los servicios de salvamento españoles. Sobre si elegir entre PLB y baliza AIS, elegí la PLB porque en muchas ocasiones, navego en solitario y en invierno se ven pocas embarcaciones por la zona, luego, habría que confiar en que estas embarcaciones dispongan de receptor AIS y lo lleven a la escucha (y después, que si oyen una alarma, se preocupen de esta), por lo que desconfío de la AIS. Cuando navego solo llevo esta PLB a la cintura y la VHF portátil al pecho sobre el chaleco. Ten en cuenta que, cuando se reciba la alerta en las costeras españolas, lo primero que hacen es emitir un aviso en la zona en la que se da la alarma para que las embarcaciones de la zona colaboren en la búsqueda y rescate, así que, en parte tendría la función de aviso a las embarcaciones próximas con y sin AIS. ![]() |
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#5
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Hace unos días, se comentó el caso de EPIRB caída accidentalmente al mar, que no se pudo recuperar por el retardo en las coordenadas de posicionamiento GPS que llegaban a manos del patrón. En cambio, una con AIS se recuperó sin dificultad.
Para mí, esa es la prueba "de campo" definitiva sobre la efectividad de una radiobaliza de cara a ser encontrada, que se supone que es precisamente para lo que debe servir. Entrando en el debate sobre la legalidad de las radiobalizas personales en España... pues yo entiendo el tema de tener que estar asociada a un MMSI de barco, porque en caso de activación, a alguien tienen que contactar para cercionarse de que hay una emergencia. Si se navega habitualmente en un barco, no existe problema, pero alguien que se monta en distintos barcos, debería actualizar cada vez el MMSI configurado en la radiobaliza, o bien tener un código propio personal y poder asociarlo de forma ágil a un barco u otro, según esté embarcado en cada momento, por ejemplo, con una base de datos en la misma web del MMSI tras darse de alta en la plataforma virtual. Yo creo que sería más sencillo y efectivo poder reconfigurar el MMSI de la radiobaliza uno mismo cada vez que cambia de barco. Si se quiere, hacer obligatoriamente una activación-test para confirmar (con la costera) que ha quedado correctamente configurada. Al final el problema no es que se pueda hacer, sino que se quiera. Editado por Dorf en 01-11-2021 a las 12:32. |
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#6
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Cita:
El caso de España con su exigencia de grabar el MMSI de un barco en las PLB’s es una anomalía; de hecho, muchas Administraciones prohíben la inclusión de PLB’s en las licencias de estación de barco, ya que en la licencia sólo deben figurar los equipos asociados al barco, y entienden que la PLB no es uno de ellos. Normalmente, esas Administraciones con criterios juiciosos también exigen que las PLB’s se registren a nombre de una persona, con lo cual, en caso de activación, los servicios de salvamento saben con quién contactar. Esperemos que, como en prácticamente todo lo que toca la DGMC, se vean obligados a rectificar. Y entonces acertarán. Saludos y ![]()
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#7
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No veo lógico que haya balizas personales en el mar sin poder contactar fácilmente con el propietario en caso de que se activen. Porque en alta mar, que yo sepa, el móvil no tiene cobertura. Y si salvamento no sabe con qué barco tiene que contactar, se piede mucho tiempo antes de saber si es una emergencia real o una falsa alarma.
Por eso decía de montar algún registro dónde el propietario de la PLB pudiera dejar indicado en tiempo real los datos del barco dónde se encuentra embarcado. Yo entiendo que en el momento que te enrolas en una embarcación de recreo (además de figurar por escrito ese hecho en la documentación de a bordo, algo que lamentablemente casi nadie se toma la molestia de anotar) si llevas una PLB debería considerarse también adscrita al barco, y por ello notificarlo a capitanía y lo mismo al desenrolar. Pero si, en este país que tarda semanas o meses para cualquier sencillo trámite, terminaría un cruce del Atlántico antes de que capitanía confirmara la inscripción de ese dato en sus archivos. Alternativa: el módulo AIS de la PLB, dónde el usuario pueda mantener actualizada la información importante (nombre, DNI, barco). |
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#8
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Cita:
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#9
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Cita:
Créeme, cofrade, la UIT da a las PLB’s un tratamiento muy distinto del que da a las EPIRB; en ningún caso las considera asociadas a un barco. Sólo la DGMC es capaz de tal despropósito. Saludos y ![]()
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Dorf (03-11-2021) | ||
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#10
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Cita:
En navegación de altura, las AIS/DSC servirán sobre todo para que en caso de MOB se realice el rescate desde la propia embarcación. Pero si se necesita ayuda externa la única garantía de aviso es vía satélite (EPIRB, PLB u otros sistemas satelitales comerciales). Un saludo. |
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