![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Hola, otra vez.
Sobre el IRPF existe una modalidad para No Residentes (IRNR). Sin embargo se exige certificar una residencia fija en un país, diferenciando si es del Espacio Europeo o no, con lo cual vuelvo a tener el problema inicial: no poder consignar mi barco. Una curiosidad es que el pabellón del barco implica que el mismo se considera territorio nacional, sujeto a su jurisdicción. Quizá la solución "más legal" (desconozco el tema) es crear algún tipo de "sociedad" con domicilio en un apartado postal. Aunque igual eso es una auténtica tontería, por eso pregunto 🤔. Felices fiestas a tod@s, una ronda general de buen grog y buena proa. |
|
#2
|
|
Muy buenas Itocan, con lo de la sociedad me has liado del todo. Porque no nos cuentas lo que quieres hacer y asi, seguro, alguien te puede ayudar.
Saludos Rafa
__________________
![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Cita:
Discupal mi ignorancia: ¿que es consignar un barco?.Salud y ![]()
__________________
![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Hola.
He usado la palabra "consignar" un poco a la ligera; me refería a rellenar el campo "domicilio" con el nombre de mi barco, sin amarre fijo. Lo de crear una sociedad (desde mi absoluta ignorancia), y ahora que lo pienso mejor, tampoco me valdría. El problema que tengo (tendré) es que no voy a disponer de ninguna dirección (que no sea el propio barco, sin amarre fijo) para empadronarme (lo que menos me importa), renovar documentos (pasaporte, titulaciones náuticas, etc.), contratar seguros, algunas cuestiones bancarias (sólo algunas, porque es banca online), y cualquier otro trámite en que me obliguen a comunicar mi domicilio habitual o una dirección fija. Habrá, seguro, más problemas que ahora mismo ni se me ocurren. Os agradezco mucho los comentarios y consejos al respecto. Pese a parecer muy simple... "vivir en un barco", no consigo encontrar la fórmula para resolver el problema (burocrático) de no tener una dirección. Reitero las gracias a tod@s. P.d., Por cierto, seré jubilado en España. Editado por Itocan en 05-12-2021 a las 14:42. |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Hola, si la ley no ha cambiado te puedes empadronar hasta en un banco de un jardín. El domicilio fiscal en España es cuando has residido más de 183 días aquí. Tú puedes tener tu punto de amarre en tu puerto base y estar empadronado allí y navegar por donde te plazca. Otra cosa es ser nómada, un poco complicado por el tema de renovación de pasaporte y otras muchas situaciones que se nos pueden plantear. España hay países en los que no tiene ni consulado.
Saludos. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|