La Taberna del Puerto Osmosis
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 05-12-2021, 11:55
Avatar de Itocan
Itocan Itocan esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 23-12-2020
Edad: 56
Mensajes: 33
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 4 Agradecimientos en 4 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

Hola, otra vez.

Sobre el IRPF existe una modalidad para No Residentes (IRNR). Sin embargo se exige certificar una residencia fija en un país, diferenciando si es del Espacio Europeo o no, con lo cual vuelvo a tener el problema inicial: no poder consignar mi barco.

Una curiosidad es que el pabellón del barco implica que el mismo se considera territorio nacional, sujeto a su jurisdicción. Quizá la solución "más legal" (desconozco el tema) es crear algún tipo de "sociedad" con domicilio en un apartado postal. Aunque igual eso es una auténtica tontería, por eso pregunto 🤔.

Felices fiestas a tod@s, una ronda general de buen grog y buena proa.
Citar y responder
  #2  
Antiguo 05-12-2021, 12:03
Avatar de ROyOR
ROyOR ROyOR esta desconectado
Benito Soto piratagallego
 
Registrado: 17-02-2007
Localización: Costa NW, W y SW de la Península Ibérica
Edad: 63
Mensajes: 13,108
Agradecimientos que ha otorgado: 6,557
Recibió 5,070 Agradecimientos en 2,916 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Respuesta: Re: Empadronamiento en barco como residencia

Muy buenas Itocan, con lo de la sociedad me has liado del todo. Porque no nos cuentas lo que quieres hacer y asi, seguro, alguien te puede ayudar.

Saludos
Rafa
__________________


RAFNI KAI
www.RAFNI.es

"Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad"
Citar y responder
  #3  
Antiguo 05-12-2021, 13:23
Avatar de El Temido II
El Temido II El Temido II esta desconectado
Capisol
 
Registrado: 17-10-2007
Localización: Atlántico
Edad: 67
Mensajes: 20,410
Agradecimientos que ha otorgado: 15
Recibió 6,230 Agradecimientos en 3,681 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

Cita:
Originalmente publicado por Itocan Ver mensaje
... vuelvo a tener el problema inicial: no poder consignar mi barco.
Discupal mi ignorancia: ¿que es consignar un barco?.


Salud y
__________________


El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184
Citar y responder
  #4  
Antiguo 05-12-2021, 14:38
Avatar de Itocan
Itocan Itocan esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 23-12-2020
Edad: 56
Mensajes: 33
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 4 Agradecimientos en 4 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

Hola.

He usado la palabra "consignar" un poco a la ligera; me refería a rellenar el campo "domicilio" con el nombre de mi barco, sin amarre fijo.

Lo de crear una sociedad (desde mi absoluta ignorancia), y ahora que lo pienso mejor, tampoco me valdría.

El problema que tengo (tendré) es que no voy a disponer de ninguna dirección (que no sea el propio barco, sin amarre fijo) para empadronarme (lo que menos me importa), renovar documentos (pasaporte, titulaciones náuticas, etc.), contratar seguros, algunas cuestiones bancarias (sólo algunas, porque es banca online), y cualquier otro trámite en que me obliguen a comunicar mi domicilio habitual o una dirección fija. Habrá, seguro, más problemas que ahora mismo ni se me ocurren.

Os agradezco mucho los comentarios y consejos al respecto. Pese a parecer muy simple... "vivir en un barco", no consigo encontrar la fórmula para resolver el problema (burocrático) de no tener una dirección.

Reitero las gracias a tod@s.

P.d., Por cierto, seré jubilado en España.

Editado por Itocan en 05-12-2021 a las 14:42.
Citar y responder
  #5  
Antiguo 05-12-2021, 15:07
Avatar de CarlosMS1959
CarlosMS1959 CarlosMS1959 esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 14-06-2019
Edad: 66
Mensajes: 78
Agradecimientos que ha otorgado: 1
Recibió 26 Agradecimientos en 18 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

Hola, si la ley no ha cambiado te puedes empadronar hasta en un banco de un jardín. El domicilio fiscal en España es cuando has residido más de 183 días aquí. Tú puedes tener tu punto de amarre en tu puerto base y estar empadronado allí y navegar por donde te plazca. Otra cosa es ser nómada, un poco complicado por el tema de renovación de pasaporte y otras muchas situaciones que se nos pueden plantear. España hay países en los que no tiene ni consulado.
Saludos.
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Osmosis

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 10:22.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto