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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#6
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Cita:
unos ingresos determinados. En ese caso, como apuntaba Moryak, tienes un domicilio fiscal, que no tiene porqué coincidir con donde vivas. Vivir puedes vivir legalmente navegando, todo el tiempo que quieras. Nadie te va a poner la más mínima objeción. Como si no quieres tocas puerto en años. Yo he estado un par de años en ese plan por el Caribe. Las limitaciones las ponen los países que visites, que normalmente solo te dejan estar tres meses como "turista". Si navegaras por el Mediterráneo, ni eso, pues en la zona Schengen, se entiende que es igual que por España. Te puedes ir a navegar, pero las obligaciones, sobre todo las fiscales, se quedan en tierra. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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