Cita:
Originalmente publicado por markuay
Teoricamente me parece que si.
El infame RD de la Chatarrera dice ;
Artículo 4. Obligaciones de los propietarios y patrones.
Los propietarios de las embarcaciones de recreo o, en su caso, los patrones de las mismas, son responsables de mantener el estado de la embarcación y de su equipo de modo que se ajuste a lo dispuesto en este real decreto. A tal fin, sin perjuicio de otras obligaciones establecidas normativamente, se garantizará que:
1. La embarcación esté siempre en condiciones de hacerse a la mar sin peligro para las personas que pueda haber a bordo.
2. El número de personas a bordo no sea, en ningún caso, superior al número máximo de personas para la que esté autorizada la embarcación.
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Supongo q se puede deducir de ahí, aunque no menciona explícitamente el certificado.
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