![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Hay un velero que es Francés y tiene bandera Francés.Hay problems to navigate en Spain,tengo que hacer algo.?Soy inglés on residenciaren galicia.Gracias
|
|
#2
|
||||
|
||||
|
Si eres residente en Galicia y el barco está en España debes pagar los mismos impuestos que si el barco llevará pabellón Español.
__________________
. Slava Ukrayini!.
|
|
#3
|
||||
|
||||
|
Es un velero de segundo mano en Gijón perece el dueño es Frances
|
|
#4
|
||||
|
||||
|
Que son los impuestos por barcos de segundo mano.?
|
|
#5
|
||||
|
||||
|
Siendo inglés y navegando en un barco de bandera francesa que te ha prestado un amigo, no creo que tengas ningún tipo de problema. Las autoridades españolas sólo persiguen y hostigan a los españoles que navegan bajo cualquier bandera. Debe tener un seguro válido. A ver si algún otro amigo tiene un mejor consejo.
*** Being English and sailing on a French-flagged boat that a friend has lent you, I don't think you will have any kind of problem. The Spanish authorities only persecute and harass Spaniards sailing under any flag. You must have valid insurance. Let's see if any other friend has a better advice. Buena mar. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Eduardo_qs | ||
J.R. (01-07-2022) | ||
|
#6
|
||||
|
||||
|
Andrew es Inglés o anglófono; y por tanto ciudadano no UE.
Sin embargo, cualquier barco de bandera extranjera que esté mas de 183 dias en puerto español o cuyo patrón sea residente en España estará sujeto a las regulaciones de nuestra querida DGMC ( La dirección General de la Marina Chatarrera). Es decir, deberá pagar impuestos de transmisiones de Motor (IEDMT) si tu barco mide mas de 8 metros y a correr, Modelo 620. Si es de menos de 8 metros está exento por eslora (Creo que era así). La historia, Andrew, es que Francia te registre el barco a tu nombre. Hay una gestoria en Irun que te lo hace. ![]() |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Andrew, he visto el barco y es muy buena compra; el Sangria es un barco excepcional y por ese precio y el estado en el que lo tiene ( ha metido más dinero del que pide por el barco) es muy buena oportunidad.
Negocialo y quedatelo. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Aitonos | ||
Andrew19 (01-07-2022) | ||
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
Corrijo tu comentario. Por otra parte, creo que el plazo de pago del IEDMT es de un mes desde la entrada en aguas españolas. Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#9
|
||||
|
||||
|
O sea que tendrá que pagar la Francisation cada año en Francia, y aquí los impuestos por residente ?
|
|
#10
|
||||
|
||||
|
Gracias por todos .Soy inglés Residente en Galicia entonces vivo bajo la ley European y Español.Hay una veleroFrances en Gijón en venta y quiero saber que tasas y impuestos y papeles tengo que llenar par compra legalmente.Supongo tengo que pasa por el comandancia😟
|
|
#11
|
||||
|
||||
|
Vas a dejarlo con bandera francesa o vas a matricularlo aqui ?
|
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bernardo II | ||
Andrew19 (01-07-2022) | ||
|
#12
|
||||
|
||||
|
Por eso estoy preguntando
|
|
#13
|
||||
|
||||
|
Andrew, En Francia este velero por edad no paga Francisation cada año, pero aun así, a uso de notificaciones de Impuestos, debes tener una direccion alli. Para too lo demas tu dirección en España te vale.
Hay una gestoria en Irun que trabaja justamente compra de veleros en Francia y te aporta la direccion francesa, ellos te lo hacen todo y te explicaran todo bien Gestoria Raquel Si te gusta ese barco, es muy buena compra, y la bandera francesa está genial, todo fácil. ![]() |
|
#14
|
||||
|
||||
|
Gracias Apagapenol. ¿No es cualquier barco?
|
|
#15
|
||||
|
||||
|
No, depende de varias circunstancias.
Si el barco ha tenido bandera española en algún momento, tendrá pagados el IVA y el IEDMT. Si el barco procede de la UE, pero no ha tenido bandera española, tendrá pagado el IVA (hay que asegurarse de que tenemos prueba de ese pago). Lo que puede que no tenga pagado es el IEDMT, y también hay que comprobarlo. Si lo tiene pagado (se paga sólo una vez), ningún problema. Si no lo tiene pagado, hay que pagarlo dentro del mes siguiente a que entre en aguas españolas. No me queda del todo claro cuál de éstos es el caso del cofrade Andrew19. Por otra parte - y esto no tiene que ver con el caso del cofrade Andrew19 -, si el barco tiene bandera no comunitaria, sólo puede estar en aguas de la UE un máximo de 6 meses, a partir de los cuales tiene que haber pagado todos los impuestos aplicables. Saludos y ![]()
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
|
#16
|
||||
|
||||
|
Ok, gracias, muy clara la respuesta. Yo me refería a normas DgmC. Cierto que los barcos no comunitarios deben salir salir de los seis meses. De eso hablamos cuando fue el brexit, aunque creo que sacaron alguna ley para evitar el éxodo de miles de barcos británicos en costas europeas.
En barcos antiguos, es muy difícil tener justificante del Iva, en mi caso tuve suerte y el anterior dueño tenía escaneada la factura original de compra, pero no el original. Un barco de 1981. Creo que en barcos tan antiguos y menores con tener el Iedmt pagado o aprobado (aunque esté exento de pago, hay que seguir yendo a hacienda a que te den el papel de "exento") es suficiente. ¡Gracias! |
|
#17
|
||||
|
||||
|
Cita:
|
|
#18
|
||||
|
||||
|
en algun lado habia leido lo de los seis meses, despues de eso tenías que salir de aguas jurisdiccionales.
mirando el tema otra vez veo lo de los 18 meses solo para embarcaciones no UE. en este caso lo de los seis meses (183 dias) es el límite de estancia del armador en el barco, que no el barco. tras los cuales tendrá que pagar ciertos impuestos, un lio vamos... |
|
#19
|
||||
|
||||
|
Yo tengo 2 amigos con bandera francesa ,lo han hecho con una gestoría de Hendaia y no tienen ningún problema
|
|
#20
|
||||
|
||||
|
Te interesa mantener la bandera francesa. Lo del cambio de nombre lo puedes hacer por la gestoria o tu mismo si quieres, basta mandar un sobre con el sello para que te devuelvan los papeles a tu nombre y ya esta, te los envian a españa tambien. La dirección que pongas en francia te la puedes inventar porque es una dirección para notificaciones que no te van a notificar nada nunca y si lo hacen te lo enviaran por email tambien.
|
|
#21
|
||||
|
||||
|
Es verdad que se puede hacer así, peor mejor hacerlo bien; no pase algo...
|
|
#22
|
||||
|
||||
|
Cita:
No obstante en que decreto , reglamneto de hacienda o norma lo has leido asi??? |
|
#23
|
||||
|
||||
|
En sitios web de gestorias, o nautica legal, o no vi, o hice caso omiso de la referencias en cuanto al BOE. En cuanto a residente fiscal le basta con cualquier recibo de atraque en cualquier puerto del estado o concesionados.
Es lo que tiene internet, mucha información y muchos caos ![]() Edito : Si repensando un poco, aun con los recibos del importe del atraque, como demuestras tu estancia de esos seis meses en el barco, puediendo este estar hasta 18 meses. ![]() Editado por Bernardo II en 04-07-2022 a las 16:32. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|