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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Creo que eso le corresponde al propietario.
Contrato de alquiler con las especificaciones necesarias, usos, accesos, disponibilidades de servicio y demás. Los tratos con el propietario. De no ser así, está lo otro..... ![]() |
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#2
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Y lista 6ª.
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#3
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Alquilar.
Pues eso. |
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#4
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Seguramente no sera un contrato de alquiler, si no una autorización temporal de uso sin contraprestación económica explicita.
¿ Hay que comunicarlo a la Autoridad Portuaria ? |
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#5
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Creo que en esos términos, lo confidencial será lo más acertado.
Suerte en los tratos y los acuerdos. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a true | ||
canaima (25-09-2022) | ||
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#6
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yo tambien lo haria confidencial siempre que sea esporádico y no continuo.... si preguntas te van a poner mil pegas, pero nadie te impide que le dejes tu barco como vivienda para unos dias a quien tu quieras. Otra cosa es que vayas a navegar en él... entonces ya cambia el tema.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jonam52 | ||
canaima (25-09-2022) | ||
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#7
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Hola y saludos a los cofrades.
Aparte de que el barco tiene que estar en lista sexta, hay que comunicarlo al puerto o al club, y sobre todo al seguro, que tiene que tener prevista dicha utilización... Eso sería lo que haría yo, tanto si fuese el armador, como el inquilino. Con las facturas correspondientes por cada utilización. Unas birras ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Nigiri | ||
canaima (25-09-2022) | ||
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