Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol
Lo que dice la página web que citas está desfasado; lo que dice el panfleto chatarreril es lo siguiente:
"Las embarcaciones de recreo sin tripulación profesional que naveguen en zonas 1, 2, 3 o 4 deberán contar con un botiquín cuyo contenido en medicamentos y material médico sea idéntico al tipo Balsas de Salvamento que figura en el anexo II del Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero.
Las embarcaciones de recreo que cuenten con botiquín deberán llevar la Guía sanitaria a bordo."
Y el contenido del botiquín fue revisado en diciembre de 2021: RD 258/1999, Anexo II, Sección II, 2 (he puesto el enlace unos posts más arriba).
Dos cosas importantes: el botiquín es el mismo para todas las Zonas y no incluye medicamentos para los que se necesite receta.
Saludos y 
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Yo aun llevo dos botiquines en el barco, el antiguo de zona 4 al que le voy quitando lo caducado pero no se lo repongo y uno autodidacta bastante mas completo y recional.
Al ser Polaco no tengo ninguna zona de navegacion asignada y como ultimamente no necesito salir de la zona 5, me evito algo de chatarra aunque llevo el material de seguridad de 4 pabellones y alguno mas.