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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
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#2
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Cita:
Tengo amarre en el Tomás Maestre No puedo aportar el pleno del ayuntamiento pero lo que si tengo es el recibo que me ha mandado el ayuntamiento para que lo pague Oscar1966 no se lo inventa |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bayoya | ||
Oscar1966 (05-05-2023) | ||
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#3
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Yo tengo el amarre en el Maestre pero no en propiedad. La info que tengo va más bien encaminada a que se le va a facturar al puerto y el adjudicatario actual, como casi todo, al tener más votos que nadie, se lo traslada a los amarristas. Pasa lo mismo con una derrama que ha sacado de la manga para dar cobertura a una multa que le ha puesto la comunidad autónoma por no mantener adecuadamente las instalaciones a la vista de la extinción de la concesión.
Tengo dudas de la legalidad de estas operaciones, sinceramente. ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a humpback | ||
Oscar1966 (05-05-2023) | ||
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#4
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Cita:
Saludos, Oscar. Enviado desde mi SM-G990B mediante Tapatalk |
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#5
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pues no se, que cobre al puerto lo veo logico, pero a los amarristas, que basura puede generar al mes un amarrista ?, verdad que no son cantidades astronomicas, como el ejemplo de los Alcazares, 5 Euros /trimestre, si entendí bien, pero no es de recibo.
En todo caso debería especificarlo la autoridad portuaria, o concesionario, en sus servicios, como el agua, luz, iluminación, etc. |
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#6
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Entiendo que ese es uno de los servicios que se encuentra integrado en la T5
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~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ El mar es de TODOS. Lo que es de TODOS, NO ES MÍO. "No hay nada como el MAR"![]() Tinico N'Hielo
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#7
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La T5 es la "tasa de embarcaciones recreativas" aqui se incluye : la ocupacion (la famosa lamina de agua) en metros cuadrados y "disponibilidad de servicios"como agua y luz, no mencionan recogida de basuras.
Si que existe un ariticulo : (Art. 132 del RDL 2/2011, de 5 de septiembre), en el que se menciona "Tarifa servicio de recepción de desechos generados por buques", pero se aplica a barcos de pasajeros , cruceros y demas. Y ponen como "exentos" a buques de guerra, de servicio, de pesca y embarcaciones de recreo (con un maximo de 12 pasajeros) y añaden esto: "En este supuesto, la Autoridad Portuaria deberá subscribir un convenio con los operadores de las dársenas o las instalaciones náutico-deportivas con el fin de establecer un plan que asegure la entrega periódica de desechos y residuos generados por el buque o embarcación, aceptado por uno de los prestadores del servicio, debiéndose justificar trimestralmente las entregas realizadas." Que significaría esto, pues a libre albedrio, que se dice. De todas maneras estamos hablando de la normativa portuaria, que no del ayuntamiento. Ahi queda eso. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bernardo II | ||
Egis (18-05-2023) | ||
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#8
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Cita:
5€ es cierto que no es astronómico pero en este caso pasan en dos recibos casi 200 € (42,26 y 147 y pico) para 2023, una pasada para la basura que un barco puede generar….. Alguien sabe si se está pagando o se está gestionando con el puerto? ![]() |
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