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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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La Administración española permite la baja de abanderamiento con o sin cambio de propiedad. No obstante, como luego tienes que abanderar en otro país, que puede tener otros criterios (por ejemplo, para el abanderamiento en Reino Unido exigen los documentos de compraventa de los últimos cinco años) y estas normas normalmente no coinciden, y como la baja de bandera española lleva mucho -demasiado - tiempo, yo sería partidario de hacer la compraventa con pabellón español y luego la baja de bandera y el alta en el país de destino.
Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#2
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Pues es una buena pregunta.
En mi caso he comprado una embarcación con bandera francesa y tengo que cambiar el pabellón. El trámite me va a llevar al menos 4 meses y no depende de mí, sino del vendedor, que es el que tiene que comunicar la baja en Francia. Total, un buen marrón. Me pregunto muchas veces si no hubiera sido mejor negociar la compra con la baja de bandera previa. El problema es cerrar la compra de una embarcación y que hasta pasados varios meses no se entregue, ya sea con o sin baja. |
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