La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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Antiguo 26-07-2023, 15:17
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Hola Navegalex, si tu barco es un velero con eslora menor de 12 metros no te corresponde esa tasa, es un error del dep de facturación de Marina Badalona,ya somos varios que lo hemos sufrido, reclamado y recibido disculpas, funcionan fatal, ya ha pasado varias veces, debe ser el afán recaudatorio desmesurado lo que les lleva a cometer esos errores.

Parece ser que si en el certf.navegav. pone motovelero asumen que es una motora y te envían las facturas, como si fuera difícil hacer un censo.

Habla con ellos.

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Bernardo II (26-07-2023)
  #2  
Antiguo 26-07-2023, 15:32
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Es la Tasa 0 o Tasa de ayuda a la navegación, yo tuve que recurrir, pero todavía no me han devuelto el importe, es verdad que en la documentación ponía motovelero, y encima el agente de turno puso "embarcación a motor", la que me liaron.
De todas maneras ya por tener el barco en puerto pueden cobrar por cualquier concepto, sobre todo lo de la lamina de agua, lo que no se si es de recibo y o posible que despues de cinco años puedan cobrar.
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  #3  
Antiguo 26-07-2023, 15:36
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Esta es la carta que me enviaron:
LIQUIDACIÓN TASA 0
En aplicación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios
los Puertos de Interés General, y con el fin de realizar la liquidación correspondiente según nos ha
ordenado la Autoridad Portuaria de Barcelona y previamente informado, a continuación le detallamos la
cuota anual que se resulta de la estancia de su embarcación en el puerto de Badalona durante el período
de enero de 2017 a diciembre de 2022.
Embarcación Clase Eslora Manga M2
SYROS RECREO A 16,88 4,60 77,64
Año Cuota base IVA Total cuota anual
2017 708,14 148,70 856,84
2018 708,14 148,70 856,84
TOTAL DE TASA A PAGAR 1.416,28 297,40 1.713,68
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  #4  
Antiguo 26-07-2023, 15:43
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Que eslora tiene tu barco?
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  #5  
Antiguo 26-07-2023, 15:47
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Hace un tiempo salió un hilo sobre el tema de que estan exigiendo el pago.
sobre todo en Cataluña.
Parecer ser que el barco es 16 mts , a partir de 12 es que pagan.
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  #6  
Antiguo 26-07-2023, 15:57
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Hace casi dos años que no lo tengo, pero si, tiene 16,50 metros.
Pero: aunque esta eslora tuviera que pagar esa tasa, te pueden obligar a pagarla sin haberte comunicado en su momento (estamos hablando del año 2017 y 2018)? Tasa O? De donde salió?
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  #7  
Antiguo 26-07-2023, 19:03
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Cita:
Originalmente publicado por navegalex Ver mensaje
Hace casi dos años que no lo tengo
Pero: aunque esta eslora tuviera que pagar esa tasa, te pueden obligar a pagarla sin haberte comunicado en su momento (estamos hablando del año 2017 y 2018)
NO te están reclamando la tasa de los años 2021 y 2022 (uno y dos años atrás)
Te reclaman las tasas de los años 2017 y 2018 (5 y 6 años atrás)

Las tasas se publican en "Hacienda", una vez publicadas allí se supone que son de "publico conocimiento".

Lo único que puedes interponer es el recurso de prescripción de deuda. Las deudas tributarias en España caducan a los 4 años desde que el último día de pago en plazo hábil.
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

¿No se supone que solo se pueden reclamar los últimos 4 años?
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Prescribe a los 4 años el derecho a exigir el pago de las deudas tributarias (las tasas lo son). Se inicia el cómputo desde la fecha en que debió pagarse. Se puede interrumpir por varias causas que habría que conocer en el expediente concreto.
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  #10  
Antiguo 27-07-2023, 07:49
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

Cita:
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NO te están reclamando la tasa de los años 2021 y 2022 (uno y dos años atrás)
Te reclaman las tasas de los años 2017 y 2018 (5 y 6 años atrás)

Las tasas se publican en "Hacienda", una vez publicadas allí se supone que son de "publico conocimiento".

Lo único que puedes interponer es el recurso de prescripción de deuda. Las deudas tributarias en España caducan a los 4 años desde que el último día de pago en plazo hábil.
Muchas gracias, y como se hace ese recurso?
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  #11  
Antiguo 27-07-2023, 11:01
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

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Muchas gracias, y como se hace ese recurso?
Para presentar el recurso de prescripción de deuda deberías contratar un abogado. Sólo es un escrito, así que no te costará mucho.

Si lo hace una persona que no conozca de derecho... medio que se puede hacer lío si no se redacta de la manera adecuada.
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  #12  
Antiguo 27-07-2023, 11:03
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Predeterminado Re: Tasa de Puerto retroactiva

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Muchas gracias, y como se hace ese recurso?
Es un poco más complejo.
No existe un "recurso de prescripción", sino que en el recurso que proceda contra esa liquidación una de las cosas que se podrá alegar es la prescripción.
Tampoco es lo mismo la prescripción que la caducidad, como parece derivarse del post de Egis. Son dos figuras distintas y sus efectos también lo son.
Muy por encima (y que los juristas sean comprensivos, que lo simplificó demasiado), la prescripción se "interrumpe" mientras que la caducidad se "suspende". Si durante el plazo de prescripción (pongamos cuatro años, por seguir con el mismo ejemplo) hay una interrupción del plazo, por ejemplo por una reclamación de la deuda por el órgano competente, se inicia un nuevo plazo de cuatro años. Ojo, que la comunicación de esa deuda a través de un boletín oficial también interrumpe la prescripción.
La caducidad funciona de otra manera. En general, son plazos mucho más cortos. Por ejemplo, los plazos de presentación de recursos son de caducidad. Si para una acción hay un plazo de caducidad de, pongamos veinte días, y la norma establece una causa de suspensión que en un caso concreto se da a los doce días, tras finalizar la suspensión de la caducidad quedará un plazo de ocho para ejercitar esa acción.
Espero no haber oscurecido lo poco que hubiera claro.

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