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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días
He llamado esta mañana a la cacharrera preguntando por este tema y me han indicado que lo haga por email. Mi pregunta Estimados Sres Quería saber el estado de la Ley que permitirá el despacho temporal de las embarcaciones de recreo de la lista 7ª para uso comercial. Hay diversas publicaciones en foros que informan que NO se va a aplicar el 1 de julio de 2024 Muchas gracias Saludos xxxxxxxxx La respuesta Buzón Nauticaderecreo.dgmm 11:33 (hace 15 minutos) para mí Buenos días: La referencia normativa a la que usted se refiere es el artículo 9.a) del Real Decreto 186/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima, que regula que los buques y embarcaciones solicitarán una autorización expresa de despacho en el caso de que soliciten un cambio temporal de uso privado a comercial, por un plazo no superior a tres meses. Al respecto, le informamos que el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima lo que regula es el despacho de buques y el régimen de enrolamiento y desenrolamiento de los tripulantes, pero para que se pueda aplicar el cambio temporal de lista 7ª a lista 6ª es preciso que exista alguna normativa vigente que regule de qué forma se puede realizar ese cambio, en qué condiciones y a que embarcaciones concretas de la lista 7ª aplica. De momento, no existe ningún desarrollo normativo que regule ese procedimiento y por ello, aunque se está trabajando en esa definición normativa, es muy probable que esta no esté aprobada para la fecha de entrada en vigor el 1 de julio de 2024 del Real Decreto 186/2023, por lo que de momento no sería posible su aplicación. Atentamente, Dirección General de la Marina Mercante (Cód. DIR3 E00124506) S.G. de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima Área funcional de Náutica de Recreo c/ Ruiz de Alarcón, 1 - 28071 Madrid - SPAIN AVISO: Esta comunicación es sólo para propósitos de información y no debería considerarse como una declaración oficial. La transmisión de e-mail no garantiza que el correo electrónico sea seguro o libre de error. Por consiguiente, no manifestamos que esta información sea completa o precisa. CONFIDENCIALIDAD: El contenido de este mensaje y el de cualquier documentación anexa es confidencial y va dirigido únicamente al destinatario del mismo. Si Usted no es el destinatario, le solicitamos que nos lo indique, no comunique su contenido a terceros y proceda a su destrucción. P Antes de imprimir, asegúrese que es necesario. La conclusión El 1 de Julio NO dará tiempo a tenerlo desarrollado. Que por otro lado, es diferente a los rumores que circulan que dice que NO se va a desarrollar. ![]()
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