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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Entonces, de acuerdo a los comentarios que voy leyendo, si mi barco está abanderado en otro país (Polonia, Francia, Inglaterra...) y yo tengo PER puedo alejarme más de esas 12", siempre que el barco esté despachado para esas aguas o zonas? Y en tal caso, hay algún problema para tener amarre en España con pabellón extranjero?
Dudas, dudas y más dudas!!! Rondita a mi cuenta! |
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#2
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Cita:
"Despachado" no es una palabra adecuada, porque ese concepto sólo lo maneja - por supuesto, en contra de los navegantes - la DGMC. La inmensa mayoría de las Administraciones náuticas de países civilizados no "despachan" los barcos de recreo para una Zona de Navegación; simplemente, les expiden un documento de registro (a veces, no hace falta ni eso), en el que no aparecen limitaciones de ningún tipo. Compárese la documentación de los barcos de recreo de pabellón español con los de pabellón británico: ![]() Tu título de PER sólo tiene validez dentro de las 12 millas del mar territorial español; fuera de ellas sólo tiene validez si tu barco tiene pabellón español. Si tienes un barco de pabellón extranjero, sólo te podrán exigir el título dentro de las 12 millas; fuera no, porque más allá de las 12 millas prevalece la normativa del país de pabellón. Desde 2011 no hay ningún impedimento para que los ciudadanos españoles o los residentes en España sean propietarios de barcos de pabellón extranjero; las únicas limitaciones las establecen - siempre dentro de las 12 millas - el infame RD 339/2021 (el panfleto de la Chatarrera) y la DA 5ª del RD 875/2014. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
| 7 Cofrades agradecieron a Apagapenol este mensaje: | ||
humpback (09-02-2024), Ikokite (12-02-2024), kakyka (10-02-2024), Kontradiktor (08-02-2024), Laury (12-02-2024), Quel (21-02-2024), Tabeirón Coruña (13-02-2024) | ||
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#3
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Totalmente de acuerdo con el cofrade Apagapenol y además quiero decir que el "posible" problema con el seguro es tan facil de solucionar como buscarse un seguro que acepte tu pabellón de donde sea y que te cubra tambien en caso de pasar de las 12 millas.
como hay muchos seguros nauticos y cada uno con coberturas diferentes seguro que no te cuesta encontrar uno que no te ponga pegas a partir de las 12 millas aunque no tengas la titulación española. Hoy en dia con los medios que tenemos, un barco con categoria de diseño B, es decir, hasta fuerza 8 y 4 metros de ola, puede dar la vuelta al mundo si quiere sin tener que exponerse a más que lo que aguanta su barco y me refiero a la electronica para la metereologia, equipo de seguridad, etc... No tiene ningun sentido limitarlo a zona 7 y 60 millas, porque por esa regla de 3 tambien a 5 millas de la costa se puede encontrar con viento de fuerza 8 y olas de más de 4 metros... es que no tiene ni pies ni cabeza el mantener esa relación entre categoría de diseño y zona de navegación. Pero bueno, es lo que hay en España. |
| 5 Cofrades agradecieron a jonam52 este mensaje: | ||
humpback (09-02-2024), kakyka (10-02-2024), Kontradiktor (08-02-2024), Lupas (11-02-2024), Tabeirón Coruña (13-02-2024) | ||
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