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Antiguo 11-02-2024, 10:02
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Predeterminado Re: Categorias , zonas y banderas

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No exactamente. Fuera del mar territorial, un Estado continúa manteniendo su soberanía sobre los barcos abanderados en él en cualquier parte del mundo; al menos en teoría, la Guardia Civil podría inspeccionar un barco de pabellón español en medio del Pacífico.

El caso que comentas se da con cierta frecuencia en las Columbretes. Una vez a alguien se le ocurrió organizar una regata que finalizaba allí; el resultado fue que todos los barcos que estaban despachados para Zona 3 fueron convenientemente “recetados” por la patrullera porque las Columbretes están más allá de las 25 millas.

Por otra parte, el derecho de persecución siempre existe, con limitaciones muy precisas:

https://es.m.wikipedia.org/wiki/Dere...3n_en_alta_mar

Saludos y

Mmm. Supuestamente te tienen que perseguir desde un tiempo y si saltas a aguas internacionales es cuando se permite seguir la persecución. Pero la persecución se puede iniciar en la ZEE, con lo que ya no son 12 millas.

Pones bandera de otro país, tapas la matrícula y solucionado
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  #2  
Antiguo 11-02-2024, 11:05
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Predeterminado Re: Categorias , zonas y banderas

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Mmm. Supuestamente te tienen que perseguir desde un tiempo y si saltas a aguas internacionales es cuando se permite seguir la persecución. Pero la persecución se puede iniciar en la ZEE, con lo que ya no son 12 millas.

Pones bandera de otro país, tapas la matrícula y solucionado
La zona de exclusion economica, no tiene nada que ver con zonas de navegación ni con titulaciones, esa zona solo es para extraciones con fines cientificos,
por otra parte españa NO tiene ninguna zona ZEE en el Mediterraneo, solo tiene dos zonas ZEE declaradas en Aguas Atlanticas,
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jonam52 (11-02-2024), Laury (12-02-2024), Lupas (11-02-2024)
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Antiguo 12-02-2024, 09:32
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Predeterminado Re: Categorias , zonas y banderas

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La zona de exclusion economica, no tiene nada que ver con zonas de navegación ni con titulaciones, esa zona solo es para extraciones con fines cientificos,
por otra parte españa NO tiene ninguna zona ZEE en el Mediterraneo, solo tiene dos zonas ZEE declaradas en Aguas Atlanticas,

Lo decía siguiendo el enlace de apagapenol en el que se explicaba en qué situaciones el derecho internacional da cobertura a la "fiscalización" de buques fuera de aguas jurisdiccionales. Y básicamente dice que se puede con el objeto de evitar que en una persecución se salte a aguas internacionales para evitar la captura y las autoridades no puedan continuar...

Lo que desconozco es lo de la ZEE. En el supuesto caso de que no haya en el Mediterráneo, como dices, pues a no ser que te vayan siguiendo por el AIS o a distancia por un motivo X, en cuanto estuvieras fuera de las 12 millas no deberían poder pedirte papeles.

Es sólo una reflexión recopilando lo que se ha dicho.
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  #4  
Antiguo 12-02-2024, 11:45
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Predeterminado Re: Categorias , zonas y banderas

Una cosa, y volviendo al tema del post inicial,

Si el Oceanis Clipper 311 tiene marcado CE con categoría B para 6 personas, pienso que será suficiente solicitar -por interné- la renovación del permiso de navegación aportando a Capitanía una copia de la declaración de conformidad o una fotografía de la placa de características, o las dos cosas. Tasa de 19,08 €.

Con eso directamente te dan zona 2.

Más sencillo que cambiar de bandera...

Luego ya, el que quiera cambiar, que cambie (por cierto que estoy cambiando por un tema parecido, pero mi barco no tiene marcado CE)
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Ikokite (12-02-2024)
  #5  
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Predeterminado Re: Categorias , zonas y banderas

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Una cosa, y volviendo al tema del post inicial,

Si el Oceanis Clipper 311 tiene marcado CE con categoría B para 6 personas, pienso que será suficiente solicitar -por interné- la renovación del permiso de navegación aportando a Capitanía una copia de la declaración de conformidad o una fotografía de la placa de características, o las dos cosas. Tasa de 19,08 €.

Con eso directamente te dan zona 2.

Más sencillo que cambiar de bandera...

Luego ya, el que quiera cambiar, que cambie (por cierto que estoy cambiando por un tema parecido, pero mi barco no tiene marcado CE)
Imagino que también algun inspector querrá revisar el equipamiento para que cumpla con lo exigido, no?

Lo que me dijo la capitana fue que para saber que limite tenía necesitaba el certificado de navegación, que luego me enteré de que es la hoja de la ITB. Ahí pone la limitación.

Le pregunté si podia subir ese límite y me dijo que no. Que este barco tenía una categoria de fabrica C y que ese era el límite. De ahí vino este post y mis dudas.

Ahora al leer todos vuestros comentarios, aun sacándome el patron de yate, me planteo seriamente abanderar fuera de España. Sin prisa, pero sin calma...
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  #6  
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Originalmente publicado por Ikokite Ver mensaje
Imagino que también algun inspector querrá revisar el equipamiento para que cumpla con lo exigido, no?

Lo que me dijo la capitana fue que para saber que limite tenía necesitaba el certificado de navegación, que luego me enteré de que es la hoja de la ITB. Ahí pone la limitación.

Le pregunté si podia subir ese límite y me dijo que no. Que este barco tenía una categoria de fabrica C y que ese era el límite. De ahí vino este post y mis dudas.

Ahora al leer todos vuestros comentarios, aun sacándome el patron de yate, me planteo seriamente abanderar fuera de España. Sin prisa, pero sin calma...
Ikokite, la categoría de de fabricación CE la otorga el fabricante y nadie más (salvo marcado CE post construcción, que es un trámite bastante caro y engorroso).

Es posible que por año de fabricación tu barco no tenga marcado CE. Pero cuando hay marcado CE, capitanía asigna de manera automática la máxima zona de navegación que corresponde al marcado CE.

Si es categoría C, zona 4; si es categoría B, zona 2, si es categoría A, zona 1. No hay que pasar ITB ni nada, sólo solicitar una renovación del permiso de navegación aportando datos del marcado (de las pocas cosas sencillas de La Cacharrera, con permiso de mi amigo Apagapenol :-) )

Pero tiene que haber marcado CE (en la placa del barco) y originalmente Declaración de Conformidad emitida por el fabricante.

Incluso estoy pensando que como el astillero sigue activo, si no lo ves claro en la placa puedes preguntar al astillero, que a fin de cuentas es el fabricante.
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jiauka (13-02-2024)
  #7  
Antiguo 12-02-2024, 19:32
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Ikokite, la categoría de de fabricación CE la otorga el fabricante y nadie más (salvo marcado CE post construcción, que es un trámite bastante caro y engorroso).

Es posible que por año de fabricación tu barco no tenga marcado CE. Pero cuando hay marcado CE, capitanía asigna de manera automática la máxima zona de navegación que corresponde al marcado CE.

Si es categoría C, zona 4; si es categoría B, zona 2, si es categoría A, zona 1. No hay que pasar ITB ni nada, sólo solicitar una renovación del permiso de navegación aportando datos del marcado (de las pocas cosas sencillas de La Cacharrera, con permiso de mi amigo Apagapenol :-) )

Pero tiene que haber marcado CE (en la placa del barco) y originalmente Declaración de Conformidad emitida por el fabricante.

Incluso estoy pensando que como el astillero sigue activo, si no lo ves claro en la placa puedes preguntar al astillero, que a fin de cuentas es el fabricante.
Tiene marcado CE. Después de que me dijeran que me tenía que conformar con mis 12 millas abrí este post, en el qual saqué el agua clara. Y bastante más información interesante, a parte de la que buscava.

Lo que preguntaba de los candeleros abriré otro post porque veo que el tema pabellón ha dado de si y eso ha quedado relegado
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  #8  
Antiguo 12-02-2024, 17:16
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Ahora al leer todos vuestros comentarios, aun sacándome el patron de yate, me planteo seriamente abanderar fuera de España. Sin prisa, pero sin calma...
¡No lo dudes!

Y no esperes a que te caduque la ITB.

Saludos y
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  #9  
Antiguo 12-02-2024, 17:06
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Una cosa, y volviendo al tema del post inicial,

Si el Oceanis Clipper 311 tiene marcado CE con categoría B para 6 personas, pienso que será suficiente solicitar -por interné- la renovación del permiso de navegación aportando a Capitanía una copia de la declaración de conformidad o una fotografía de la placa de características, o las dos cosas. Tasa de 19,08 €.

Con eso directamente te dan zona 2.

Más sencillo que cambiar de bandera...

Luego ya, el que quiera cambiar, que cambie (por cierto que estoy cambiando por un tema parecido, pero mi barco no tiene marcado CE)
Sí, es más sencillo, pero es la peor idea que se le puede ocurrir a uno porque pasar a Zona 2 obliga a:

- Instalar balsa salvavidas "homologada" por la DGMC €€€€.
- Instalar radiobaliza "homologada" por la DGMC €€€€ con zafa hidrostática €€€€.
- Someterse a los plazos de revisión de balsa €€€€ y radiobaliza €€€€ acortados arbitrariamente por la DGMC.

Por el contrario, con pabellón extranjero se puede:

- Instalar balsa salvavidas del tipo que uno quiera (costero u oceánico); sólo se requiere que tenga marcado CE. Incluso, si uno no quiere, no está obligado a llevarla (no lo recomiendo).
- Instalar la radiobaliza del tipo que uno quiera (EPIRB, con zafa hidrostática o no; o PLB); sólo se requiere que tenga marcado CE. Incluso, si uno no quiere, no está obligado a llevarla (no lo recomiendo).
- Los plazos de revisión de balsa y radiobaliza son los que marca el fabricante.

Saludos y
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  #10  
Antiguo 12-02-2024, 17:17
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Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
Sí, es más sencillo, pero es la peor idea que se le puede ocurrir a uno porque pasar a Zona 2 obliga a:

- Instalar balsa salvavidas "homologada" por la DGMC €€€€.
- Instalar radiobaliza "homologada" por la DGMC €€€€ con zafa hidrostática €€€€.
- Someterse a los plazos de revisión de balsa €€€€ y radiobaliza €€€€ acortados arbitrariamente por la DGMC.

Por el contrario, con pabellón extranjero se puede:

- Instalar balsa salvavidas del tipo que uno quiera (costero u oceánico); sólo se requiere que tenga marcado CE. Incluso, si uno no quiere, no está obligado a llevarla (no lo recomiendo).
- Instalar la radiobaliza del tipo que uno quiera (EPIRB, con zafa hidrostática o no; o PLB); sólo se requiere que tenga marcado CE. Incluso, si uno no quiere, no está obligado a llevarla (no lo recomiendo).
- Los plazos de revisión de balsa y radiobaliza son los que marca el fabricante.

Saludos y
Reconozco que enarbolar otro pabellón tiene muchas ventas. Como digo, yo ya he comenzado trámites.

Sólo quería decir que si el barco tiene marcado CE y el marcado lo permite, el cambio de zona supone solamente 20 minutos de bucear en interné y una tasa de 19,08 €.

Por supuesto, "liberarse" de una colección de despropósitos, arbitrariedades, anacronismos o lo que queramos puede ser muuuy interesante, pero cuesta algo más.
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