Cita:
Originalmente publicado por PINGOL
Gracias a todos,
Yo lo interpreto así, lo he copiado literal del Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo en el artículo 24.b.
Así pues, si vas por zona 4 con balsa caducada no podrían sancionarte al no estar incumpliendo la normativa, ya que en esa zona no es preciso llevar Balsa Salvavidas.

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Dentro de mi total desconocimiento de las leyes y sus aplicaciones , yo me pregunto , si fuera de las 12 millas no nos pueden multar por no tener balsa , porque según veo que algunos comentan que no tienen atribuciónes para ello , para que nos dicen que es obligatorio para zonas 1 , 2 y 3 .

