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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Pues me da la sensación que en Francia deben estar muriendo como moscas todos con las cabezas reventadas por las botabaras y ahogados... pero claro, los franceses no tienen ni puta idea de la náutica de recreo, no como aquí que sabemos un montón y además nuestros gobernantes nos lo ponen cada día más fácil.
![]() Buena mar. |
| 6 Cofrades agradecieron a Eduardo_qs este mensaje: | ||
amura61 (01-04-2024), Bernardo II (30-03-2024), humpback (30-03-2024), jonam52 (30-03-2024), SpitfireAntonio (01-04-2024), Tabeirón Coruña (31-03-2024) | ||
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#2
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Se están mezclando churras con merinas. Si un patrón decide embarcar a unos amigos, según su despacho, su bandera, sus aptitudes y muchos mas etcéteras, esta en todo su derecho. Todos sabemos quien alquila, con que precios, en que condiciones. Todo de tapadillo, sin un contrato por medio y haciendo pasar a unos "amigos" por clientes. Ese el tema y eso es ilegal y éticamente reprobable.
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AENAVE ,,,,, Y A SEGUIR NAVEGANDO !!! |
| 3 Cofrades agradecieron a jotaguirre este mensaje: | ||
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#3
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Y no olvidéis que "permitir alquilar durante x meses" es darse de alta como autónomo o algo así y pagar los seguros de responsbilidad de pasajeros, e impuestos en la Renta, etc.
Y que tu aseguradora lo permita según considere que tu barco puede o no hacer eso con la seguridad que ellos pidan, etc. De momento no veo claras las ventajas. Seguirán habiendo ilegales, porque simpre los hay aunque te regalen todo. ![]()
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#4
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Y como no tengo mucho conocimiento de alquileres me pregunto ¿los 200 € son por barco o por persona?.
![]() ¿Pagas 200 y has alquilado el barco y metes a los 8-10 que quepan o es 200 por cada uno.? ![]() Es para saber lo que tengo que cobrar y pagar a Hacienda para que salga a cuenta el negocio ![]()
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#5
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Cita:
Y para alquilar tu barco, tampoco. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jiauka | ||
SpitfireAntonio (01-04-2024) | ||
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#6
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... a no ser que vayas tu de patrón, por lo que además necesitas ser PPER.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Nigiri | ||
Manila1886 (02-04-2024) | ||
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#7
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Pero para alquilar "el barco" no hace falta nada de eso. |
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#8
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Yo por aportar algo de luz diría que mientras no cambie la ley, si a este tipo le pilla Hacienda yel barco está en lista 7, la AEAT no le va a dejar desgravar nada. Lo que pasa es que realmente es muy complicado que Hacienda le pille salvo que esté ingresando bastante y por banco.
En teoría cualquier actividad remunerada (con alguna excepción) implica alta en Hacienda y en seguridad social como autónomo. Lo que pasa es que nadie que esté facturando en “trabajos” 600/800 eur al mes se va a dar de alta como autónomo porque tendría que pagar 300 eur al mes a la seguridad social. Algunos dirán que durante los dos primeros años es menos….pero en cuanto pase el periodo de gracia son 300 eur. En muchos países hay en esto mucha más flexibilidad y permite a la gente hacer pequeños trabajos extras de forma legal. Otra cosa es el tema de responsabilidad. Si llevas a alguien en lista 7 a alguien en tu barco y le cobras por el paseo o por enseñarle a manejar el genaker pues mientras no pase nada fantástico. Los problemas comienzan cuando pasa algo grave y entra en juego la responsabilidad civil que puede ser mucho dinero. ese conocido tan simpático o su familia se puede convertir en tu peor enemigo porque de que te consideren culpable dependerá de que el cobre. Lo primero es que intentará ir contra tu seguro (que luego irá contra ti) y si el seguro se libra irá contra ti. Otra cosa es compartir los gastos de una salida: gasoil, comida, bebida o pasar la noche en un puerto. Eso no hay problema pero como te empiece a pagar por otras cosas….. |
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#9
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Cita:
Por lo que casi todos los alquileres de plazas de parking son ilegales, ya que no se declaran, ni se hace contrato legal, etc. Creo que es un enfoque diferente. Si yo alquilo mi coche y lo conduzco soy taxista o uber o lo que sea y SI hay que darse de alta.
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#10
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Vamos a ver que nos liamos. Una ganancia o un lucro se dá cuando los ingresos son superiores a los gastos. En esto creo que estaremos de acuerdo.
¿cuales son los gastos? pues en principio todos aquellos que se puedan demostrar con una factura. Esto quiere decir que los gastos de una salida en barco no es solo el gasoil que se gaste en esa salida. Tambien es un gasto el mantenimiento del motor y las reparaciones que se pueden estimar anualmente,mensualmente o por salida. Tambien es un gasto lo que cuesta renovar las velas y si por ejemplo unas velas te han costado 6000 euros y estimas que te van a durar 6 años puedes estimar un coste de velas de 1000 euros por año, y si ese año haces 50 salidas, el coste por salida son 20 euros. Lo mismo con la jarcia, lo mismo con la patente, lo mismo con lo que pagas en el puerto, seguros, itbs, material de seguridad, etc etc etc... Es que nos falta mucha cultura financiera cuando decimos que los gastos de una salida en barco es solo el gasoil que gastas y ya... Por lo tanto, para estimar si hay lucro o no hay lucro ha que incluir TODOS los gastos que genera un barco y hacer un calculo de la parte proporcional que se repercute en cada salida. Y no digo más porque luego todo se sabe. Lo de la salida con gastos compartidos, bien entendido y repercutiendo gastos demostrables con factura y con iva ni es ilegal ni es anti ético ni es competencia desleal. ![]() |
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#11
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Y no olvidemos los gastos de amarre, de aparcamiento del coche, de la gasolina del coche y del peaje para llegar al puerto, del desgaste de las zapatillas náuticas y del protector solar, etc.
![]() Si uno quiere justificar... seguro que puede. ![]() A este paso suben los 200€ a 400. ![]() ![]() ![]()
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SpitfireAntonio (01-04-2024) | ||
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#12
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Yo no cobro a nadie por subir a mi barco.
Si invito a un amigo es con todas las consecuencias. Luego si quiere aportar algo o no, es su problema. Para todo los q me piden cumpleaños , cenizas, despedidas...de conocidos, los derivo a profesionales. |
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#13
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Cita:
Algunas respuestas a este hilo son bastante llamativas. No sé casi nada de tributación, pero sí sé algo de Seguridad Social. Una actividad esporádica, aunque sea lucrativa, no dará lugar a un alta en Autónomos, independientemente de las obligaciones fiscales o de otro tipo en las que incurra quien la realice. Lo que sigue es una opinión: una actividad esporádica de alquiler de un barco de lista 7ª, cuando la norma lo permíta, pues allá cada cual con su barco. El llevar a pasear a otras personas a cambio de un precio de tapadillo es competencia desleal hacia las empresas que se dedican a esa actividad y puede crear problemas graves a quien haga esa actividad en caso de percance. Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk |
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#14
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Cita:
Y cuando pones una tarifa por salida, ya es una actividad económica. Lo de compartir gastos es otra cosa, y lo de hacer de charter ilegal es otra. Unas birras ![]() ![]() |
| 2 Cofrades agradecieron a Nigiri este mensaje: | ||
LSV (02-04-2024), Manila1886 (02-04-2024) | ||
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#15
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Cita:
el título deportivo correspondiente por eslora y zona de navegación. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#16
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Cita:
Otra cosa es que se junten unos amigos y que estos colaboren en algunos gastos... pero si hay una tarifa fija no se sostiene. Y otra es hacer las cosas de modo ilegal, que desgraciadamente es lo más frecuente. Unas birras ![]() ![]() |
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Manila1886 (03-04-2024) | ||
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