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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
además de que aun sin hundimiento, no cumplir las normas de seguridad, no bajar la quilla, no preparar a la tripulación ni buque, ante una alarma oficial de mal tiempo, antes y durante el evento, el capitán ya tiene responsabilidad y la obediencia debida al armador, no es eximente penalmente de ella. Ahora se valorará el grado de responsabilidad sobre los "daños del siniestro", en este caso muy graves, pérdida de 8 vidas y del buque. Editado por Cozumel Reefs en 05-09-2024 a las 16:08. |
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#2
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El Bayesian fue certificado por el American Buerau of Shipping (ABS). Las reglas del ABS están gentilmente a disposición del público en:
https://ww2.eagle.org/en/rules-and-r...guides-v2.html En esas reglas, con una sucinta referencia a los yates a vela, para el apartado de estabilidad se redirigen al UK Maritime and Coastguard Agency’s “LY3 Large Commercial Yacht Code”, para barcos mayores de 24 m, que también está disponible en: https://assets.publishing.service.go...al_Version.pdf En su página 42 se refiere a la estabilidad de los veleros, y se observa como la parte del libro de estabilidad filtrada por Loose Cannon utiliza esta metodología. Transcribo: ![]() Y en cuanto al ángulo de inundación dice esto: All regularly used openings for access and for ventilation should be considered when determining the downflooding angle. No opening regardless of size which may lead to progressive flooding should be immersed at an angle of heel of less than 40°. Air pipes to tanks can, however, be disregarded. Efectivamente,el Bayesian parece cumplir estas reglas. Al ser mayor de 45 m, se le dispensa de tener un AVS mínimo de 90º, a condición de que acuerde (no sé con quien) un rango operacional, que son las tremendas limitaciones que aparecen en las notas al patrón filtradas. Personalmente, me parece una locura, y creo que la realidad lo demuestra. que el ángulo de inundación de un barco que lleva 2.900 m2 de trapo, que sólo lleva un 10% (52,3 T) de su desplazamiento en lastre, que tiene un palo de 72 m y cuya estabilidad positiva en las condiciones en la que se hundió llegaba solamente a los 84º sea de sólo 45º me parece una locura. eek: Cumplirá las reglas, pero estas reglas para este tipo de barcos me parecen un coladero y ya es raro que no haya más siniestros. 90º de AVS me parece un mínimo minimísimo, y ni la eslora ni el desplazamiento son excusa para ello. Se ve en el vídeo del maxi Encore, de 150 pies como con un downburst mete una tumbada hasta casi tocar el agua con el palo, y recupera, menos mal que recupera...pero si ya a los 40º ya se inunda? Y si ya antes de tocar el palo el agua, a 84º su estabilidad ya es negativa? Desde luego ser capitán de un barco así es estar vendido de antemano, las condiciones de operación son draconianas, claro, el barco no aguanta nada, y además no se habla en absoluto de la condición de fondeado.. No me extraña que estén tan empeñados en cargarle el mochuelo, aquí, por lo menos con las condiciones meteo actuales, fallan muchas cosas, empezando a mi modo de ver por las reglas..pero es que tampoco es de lógica aún por encima querer forzarlas, si, menos lastre, el barco anda más..ya.. Me parece muy triste. ![]()
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" Editado por caribdis en 04-09-2024 a las 19:49. |
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#3
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Yo con 1 velero que puede tener 1 ángulo de inundación de 45 grados, no salgo ni por la bocana.
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#4
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No salgo ni del amarre.
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#5
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Te dejas un portillo abierto y como te cargue la racha ciñendo te vas al fondo... suena muy regular la verdad.
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| 2 Cofrades agradecieron a Argu este mensaje: | ||
Cozumel Reefs (05-09-2024), Enrana (04-09-2024) | ||
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#6
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Ya veremos, o no, como acaba toda la investigación, juicio, etc.. estas cosas suelen acabar con 1 pacto entre compañías de seguros, si la fiscalía no mete mucha mano.
En cualquier caso, mi opinión es que este "velero"? No era 1 prodigio de estabilidad dinámica. |
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#7
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Cita:
Para que haya pacto en un proceso penal, el capitán debe declararse culpable de los 7 homicidios, ser aceptado por la fiscalía, por las familias de los muertos y por el seguro si se personara independientemente del dueño Lynch (muchos seguros tienen esta cláusula para evitar fraude e indemnizar), y aplicarle atenuante de la pena en uno o dos grados que le correspondieran por colaborar e indemnizar a todos; pero pacto sin condena solo pagando; es imposible Que entre a cárcel, depende de la condena final y antecedentes penales computables También puede jugársela demostrando su inocencia, pero ahí no habría pacto posible y muy poco probable que salga indemne con lo que sabemos y la condena fuere mayor que habiendose declarado culpable Editado por Cozumel Reefs en 05-09-2024 a las 18:45. |
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#8
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Buenas sigo sin brindar.
Las normas son las que son, y es la base de las ingenierías. La diferencia entre un ingeniero y otro que no lo es precisamente es diseñar los distintos artefactos o estructuras considerando: - Especificaciones del cliente. Proyecto o diseño conceptual. - Proyecto básico del artefacto o estructura. En el caso del buque que nos ocupa, pues nos tenemos que ceñir a las normas específicas aplicables, en este caso,IMO, SOLAS, IS2008, MSC, Sociedades de clasificación……. Etc. - Ingeniería de desarrollo, en la que dimensionamos y adaptamos el proyecto básico al las “falcilities” de taller o astillero. Lo importante de todo es la optimización del producto, el ingeniero debe hacer que algo funcione con lo requerido por las normas y justificarlo con los cálculos. Que se puede hacer un barco que no se hunda, pues si!….. que se puede hacer un velero con un palo inmenso, pues si!, lo único es que todo debe ser calculado para el fin que se requiera, soportar las solicitaciones que requieran las normas, y que las capacidades geométrico resistentes del conjunto estructural sean las adecuadas. Y que sea estable. ¿Porque hacer un barco con un ángulo de inundación de 90 grados, cuando las normas obligan a que el ángulo de inundación sea de 40 grados?, para mí sería un proyecto malo. Ahora bien si en las especificaciones del proyecto uno de los puntos es que el barco tenga un ángulo de inundación determinado, o que sea insumergible, pues el ingeniero debe cumplir dichos condicionantes de proyecto. Yo puedo construir un barco que requiere 12 mm de espesor de casco, con un espesor de 24 mm. ¿El proyecto es mejor o peor? Para mi peor, el poner 24 mm lo hace cualquiera el poner 12 mm y que el barco cumpla los requerimientos establecidos en todas las normas, eso lo hacen los ingenieros. Si el barco estaba clasificado, y certificado por las administraciones correspondientes, y tiene las inspecciones al día, estaba convenientemente despachado. No había sido modificado sin las autorizaciones correspondientes ( que no lo sabemos) tanto el diseñador, ingeniero y astillero, poco tendrán que temer. Y vamos a tener claro, que es un buque y lo que es una pequeña embarcación de recreo, que por cierto a estas últimas las puede construir los astilleros con número de constructor y haciéndose responsable de tal construcción. Es decir haciéndole un simple marcado CE. Bueno esperemos a ver que se va filtrando de la investigación, e imagino que se emitirá un informe por la comisión de siniestros marítimos de país correspondiente como hace la administración española. Saludos |
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Cozumel Reefs (04-09-2024) | ||
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