La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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Predeterminado Re: Hilo para hablar del marcado CE

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Originalmente publicado por caribdis Ver mensaje
O sea, no puedes asegurar en que va a acabar el tema..


Eso es, ya dije más arriba que el estudio técnico es condición necesaria pero no suficiente. Es en el llamado reconocimiento inicial donde la DGMC dice si concede el marcado CE (y sus condiciones) o no.

Total, que puede ocurrir que uno se gaste una pasta y acabar con que no se lo conceden. Y por eso prácticamente nadie pide el marcado CE postconstrucción si puede evitarlo con un simple y económico cambio de pabellón.

No sé por qué hay que darle tantas vueltas a un asunto tan evidente…

Saludos y
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Antiguo 24-09-2024, 08:20
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Predeterminado Respuesta: Re: Hilo para hablar del marcado CE

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Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
Eso es, ya dije más arriba que el estudio técnico es condición necesaria pero no suficiente. Es en el llamado reconocimiento inicial donde la DGMC dice si concede el marcado CE (y sus condiciones) o no.

Total, que puede ocurrir que uno se gaste una pasta y acabar con que no se lo conceden. Y por eso prácticamente nadie pide el marcado CE postconstrucción si puede evitarlo con un simple y económico cambio de pabellón.

No sé por qué hay que darle tantas vueltas a un asunto tan evidente…

Saludos y
Creo que aquí estamos mezclando dos cosas diferentes. Una es obtener el.marcado CE post construcción lo cual si se iría a una cantidad bastante alta.
Pero la otra, según la ley, es la posibilidad de abanderar en España sin necesidad de este marcado CE, siempre y cuando el barco haya estado abanderado en otro país de la UE, con un proyecto de un ingeniero naval, cosa que, si nos ponemos a mirar diferencias de precios entre España y el resto de europa, puede ser algo muy rentable.
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  #3  
Antiguo 24-09-2024, 13:48
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Hilo para hablar del marcado CE

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Originalmente publicado por Unfor Ver mensaje
Creo que aquí estamos mezclando dos cosas diferentes. Una es obtener el.marcado CE post construcción lo cual si se iría a una cantidad bastante alta.
Pero la otra, según la ley, es la posibilidad de abanderar en España sin necesidad de este marcado CE, siempre y cuando el barco haya estado abanderado en otro país de la UE, con un proyecto de un ingeniero naval, cosa que, si nos ponemos a mirar diferencias de precios entre España y el resto de europa, puede ser algo muy rentable.
La DGMC no admite el abanderamiento en España de barcos sin marcado CE, hayan estado abanderados en países de la UE o no.

Estamos hablando de la misma cosa.

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Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
La DGMC no admite el abanderamiento en España de barcos sin marcado CE, hayan estado abanderados en países de la UE o no.

Estamos hablando de la misma cosa.

Saludos y
Te equivocas, si te lees el boe la ley admite varios casos en los que se puede abanderar en España sin el marcado CE. La mayoría de ellos son habiendo estado previamente abanderado en España, pero este en concreto, habla de los otros países de la UE:
d) Respecto de las embarcaciones que acrediten haber sido comercializadas en la Unión Europea antes del 16 de junio de 1998, la presentación de un proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, en el que a juicio de la Administración marítima se demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, y, en la medida de lo posible, con las normas UNE armonizadas que se incluyen en el listado del anexo VIII.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Unfor
caribdis (24-09-2024)
  #5  
Antiguo 24-09-2024, 22:18
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Respuesta: Re: Hilo para hablar del marcado CE

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Te equivocas, si te lees el boe la ley admite varios casos en los que se puede abanderar en España sin el marcado CE. La mayoría de ellos son habiendo estado previamente abanderado en España, pero este en concreto, habla de los otros países de la UE:
d) Respecto de las embarcaciones que acrediten haber sido comercializadas en la Unión Europea antes del 16 de junio de 1998, la presentación de un proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, en el que a juicio de la Administración marítima se demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, y, en la medida de lo posible, con las normas UNE armonizadas que se incluyen en el listado del anexo VIII.
Como quieras. Ya te dije que esperaras sentado, pero tú sigue preguntando...

Hasta otra.

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