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  #1  
Antiguo 09-08-2025, 09:53
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Predeterminado Re: La Ley de Prevención de Riesgos Laborales no te impide trabajar en tu barco

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Originalmente publicado por llarrea Ver mensaje
Pues no te sigo.. yo conozco parkings que son concesiones a 50 años y te compras tu plaza y pagas una cuota. Y parkings privados que pagas un alquiler…

¿Como da servicio una concesion? ¿Que diferencia hay para ti?

Lo digo porque para mi una concesion es la cesión de algo público a un ente privado o asociación para que lo gestione/explote durante un tiempo.. puede tener unas clausulas restrictivas o no.

Pero no entiendo cuando dices que una concesión no es un alquiler.

¿Me puedes explicar un parking que es una concesión qué diferencia tiene con uno privado?

Es más si compras uno privado tienes algo sin caducidad sujeto a una comunidad o empresa pero si compras una concesión eso caduca…

Bueno simplemente de verdad no se que diferencia hay como para que el concesionario no le saque el mejor partido a su concesión
El problema es que ya llevamos hablando del tema largo y tendido en este Foro y al final hay unas personas que nos hemos informado con abogados y leyendonos las leyes y otras a quienes les digas lo que les digas da igual porque su opinión vale más que todo junto.

Porque no se trata de la opinión que yo tenga sobre ellos sino que hay unas leyes que dicen como tienen que ser las Concesiones y qué condiciones tienen que cumplir que los contratos privados no.

Asi pues, como hay información más que de sobra para el que la quiera buscar, me vas a permitir que no me extienda más sobre el tema porque creo que no merece la pena ni voy a convencer a nadie.

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  #2  
Antiguo 09-08-2025, 10:35
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Predeterminado Re: La Ley de Prevención de Riesgos Laborales no te impide trabajar en tu barco

Cita:
Originalmente publicado por jonam52 Ver mensaje
El problema es que ya llevamos hablando del tema largo y tendido en este Foro y al final hay unas personas que nos hemos informado con abogados y leyendonos las leyes y otras a quienes les digas lo que les digas da igual porque su opinión vale más que todo junto.

Porque no se trata de la opinión que yo tenga sobre ellos sino que hay unas leyes que dicen como tienen que ser las Concesiones y qué condiciones tienen que cumplir que los contratos privados no.

Asi pues, como hay información más que de sobra para el que la quiera buscar, me vas a permitir que no me extienda más sobre el tema porque creo que no merece la pena ni voy a convencer a nadie.

Supongo que no es por mi porque en este caso mi opinión es que se debería permitir pero preguntaba justo por eso, porque no sé si realmente no pueden prohibirlo. Una cosa es que lo de la ley PRL sea una milonga y otra que el que gana la concesión no pueda prohibirlo. Supongo, como he dicho, que dependerá de lo que la adjudicación estipule.
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  #3  
Antiguo 09-08-2025, 23:25
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Predeterminado Re: La Ley de Prevención de Riesgos Laborales no te impide trabajar en tu barco

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Originalmente publicado por jonam52 Ver mensaje
...

Porque no se trata de la opinión que yo tenga sobre ellos sino que hay unas leyes que dicen como tienen que ser las Concesiones y qué condiciones tienen que cumplir que los contratos privados no.
...:
A ver, puedes poner en que BOE salen estas leyes?
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  #4  
Antiguo 10-08-2025, 08:33
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Predeterminado Re: La Ley de Prevención de Riesgos Laborales no te impide trabajar en tu barco

Rebuscando un poco seguro que aparecen los pliegos de condiciones, pero no creo que se puedan encontrar en Internet. Aunque debería ser así, por lo de la transparencia y tal.
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  #5  
Antiguo 10-08-2025, 10:54
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Predeterminado Re: La Ley de Prevención de Riesgos Laborales no te impide trabajar en tu barco

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Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
A ver, puedes poner en que BOE salen estas leyes?
si las he encontrado yo, tambien las puedes encontrar tu.

Suerte.

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