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#1
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https://www.farodevigo.es/pontevedra...39519.amp.html
La concesión original que gestiona una sociedad del ayuntamiento caduca en 2027. Portos de Galicia que es del mismo partido (PP) que el Ayuntamiento de Sanxenxo le otorga una ampliación de 20 años. Según la noticia se prevé recaudar 30M de euros a costa de los amarristas y locales comerciales que ya pagaron una derrama sustancial cuando se construyó el puerto para conseguir sus amarres. El puerto está más que amortizado. Me temo que en 2027 volverán a pedir una derrama sustancial a fondo perdido para garantizar la reserva de plaza por esos 20 años más. Esto que van a hacer es legal? He leído que ha habido líos similares en puertos del mediterráneo con renovaciones similares y han acabado en los tribunales. |
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J.R. (06-04-2023) | ||
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#2
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Un caso curioso, es el ayuntamiento el concesionario. normalmente son empresas privadas. por el plan de remodelación van a ser unos cuantos euros sin embargo proclaman que: "los proyectos en marcha “redundarán en la mejora de la fachada marítima y, en ningún caso, supondrán coste alguno para las arcas municipales y, por tanto, para los vecinos de Sanxenxo".
Pues puede que tengas razón y redunde en los propietarios de los barcos, como si no fueran "vecinos". Bonito puerto por cierto. Editado por Bernardo II en 06-04-2023 a las 16:14. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bernardo II | ||
J.R. (06-04-2023) | ||
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#3
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¿has visto la que están liando en Francia por lo de las pensiones y la inflacción? aqui como no protestamos por nada pues hacen lo que les da la gana y todo muy legal porque ellos hacen las leyes como mejor les viene para recaudar mas.... el que coje la concesión será algun amiguete y listo, a seguir haciendo caja otros 20 años.
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#4
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Cita:
La noticia deja claro que la empresa concesionaria, Nauta Sanxenxo, municipal, renovará. Y la intención parece volver a cobrar por las plazas de amarre y los locales. Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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#5
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Cita:
Que un ayuntamiento gane dinero con una infraestructura que es publica me parece muy bien, lo que me cabrea es lo que pasa con ese dinero que en lugar de que sirva para que vivamos mejor al final resulta que recaudan por todas partes pero luego no hay para nada, ni para sanidad ni para pensiones ni para nada... y encima vivimos axfisiados porque no nos da para vivir... antiguamente los ayuntamientos no recaudaban por aparcar ni por fondear los barcos... hoy en dia recaudan muchisimo dinero en comparación... y uno se dice: ¿esto no debería servir para que todos vivieramos mejor? ¿que esta pasando aqui? Donde vivo yo el puerto deportivo tambien lo gestiona el ayuntamiento... hay 800 y pico amarres... recaudan una barbaridad de dinero para un pueblo relativamente pequeño... y todos los años nos suben la contribución, el agua, las basuras y las tasas por todo que ya va a haber tasa hasta por respirar... ¿es tan descabellado pensar que si ya el ayuntamiento recauda mucho por un lado sería normal que nos bajara la presión a los ciudadanos que estamos ya que no llegamos a pagar la luz, el gas, la gasolina y la compra en el supermercado? Editado por jonam52 en 08-04-2023 a las 07:36. |
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#6
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Para mí la cuestión es si habrá demanda o no para volver a cobrar por todos los amarres en concesión. No sé en otras zonas, en Sanxenxo puede que sí, hace unos años en Vigo cuando el Náutico lo intentó hubo fuga de sus clientes a otras marinas de la ría. Al final de trata de eso, tú pagas por una concesión que tiene una duración, es verdad que en otros puertos se han renovado en condiciones muy ventajosas para los anteriores usuarios, pero ¿es justo cuando lo contratado tenía vencimiento? Lo digo desde la perspectiva de quién busca amarre o desde la Administración que otorga la concesión ¿no debería cobrar?
Lo que hace la Administración con el dinero de todos… esa es otra discusión Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jesus705 | ||
jiauka (09-04-2023) | ||
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#7
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Resucitando este hilo. Se han constituido sendas asociaciones para representar a los usuarios de la concesión. Si alguien está interesado, puedo dar más información. Si alguien tiene información legal de cómo funcionan estos procesos de renovación de las tarifas cuando hay ampliación de la concesión, se agradece también.
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#8
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El problema que tenemos con las concesiones es la ignorancia generalizada, incluyendo los funcionarios y los políticos de las administraciones concedentes, de qué es realmente una concesión. Si el Estado se reserva la propiedad exclusiva del litoral, tiene que dar un servicio a sus ciudadanos de acceso al mar. Repito, tiene que dar un servicio, no hacer negocio con esa imposición legal de exclusividad de propiedad del litoral. Y si la administración pública correspondiente considera que no puede o no debe asumir riesgos construyendo marinas, puede y debe acudir a la figura de la concesión para dar servicio a sus ciudadanos. Y, por consiguiente, en el condicionado de la concesión puede regular perfectamente cómo repercutir los gastos reales a los usuarios de la infraestructura y limitar los beneficios del concesionario para remunerar los riesgos que éste asume. Todo esto es, sencillamente, una cuestión de sentido común: la administración concedente no debe hacer negocio con la concesión ni el concesionario no debe poder hacer lo que le de la gana con la concesión, el objetivo debe ser dar el mejor servicio al ciudadano que desee utilizar la infraestructura, sin que esa infraestructura le cueste un céntimo al ciudadano que no la utiliza.
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#9
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#10
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Eso debe ser así. El Estado no debe hacer negocio por facilitar el ejercicio de sus derechos a sus ciudadanos. Las administraciones públicas no deben correr con el coste, en este caso, de construir y mantener marinas deportivas. Los usuarios deben ser, en última instancia, quienes corran con esos gastos. El concesionario debe tener beneficio razonable para compensar sus riesgos y cubrir sus costes. La concesión debe respetar razonablemente el estatus adquirido por los usuarios de la misma. Así debe ser una concesión. Otra cosa es atropellar a los ciudadanos. Esto lo debe entender todo el mundo: funcionarios, políticos, aspirantes a concesionarios y usuarios de la infraestructura.
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#11
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De ahí el Canon a pagar. En zonas de marea escolleras, pilotaje, pantalanes flotantes, infraestructura en seco...... En zonas sin mareas, algo más económico a la larga, al poder poner pantalanes fijos. Que luego en los concursos no hay transparencia y se generan problemas.....Sí Que las concesiones los primeros años tienen poco gasto en mantenimiento porque todo es nuevo...... También. Transparencia......... Fiscalización...... Debería haberla ![]() |
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#12
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Creo que la Xunta explicó algo parecido al concesionario, Ayuntamiento, y que paró esos planes contrarios al espíritu de la Ley y a las reservas de dominio administrativas.
Portos de Galicia es el titular del derecho. El concesionario es el Ayuntamiento de Sanxenxo, a través de una sociedad municipal. Nauta Sanxenxo. |
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#13
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Un año, el tiempo pasa, y tras el verano, esperemos que se resuelvan los problemas. Buen reflote.
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#14
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Muy buenas.
Hay dos grupos que quieren reunirse, o se han reunido, con el alcalde y de momento no se sabe nada de nada. No se sabe como se va a plantear los amarres. No se sabe el precio de los amarres. No se sabe que obras nuevas se van a realizar en la lámina de agua, ya que en tierra si se sabe y alguna ya se ha hecho. De aqui a 2027 va a ser como una novela de intriga, eso si hay amarres que se están vendiendo y no baratos ¿alguien sabrá algo mas? Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#15
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Lo mismito que el PD de Baiona.En este caso el nuevo concedionario pretende hacer lo que le de la gana….y lo hara
Yo tengo la solucion….he vendido mi barco y realquilado lo q me queda de concesion Hacen lo q les da la real gana |
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#16
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Madre, y se supone que es un servicio público!. Malditos ricos!!!!!
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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#17
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Muy buenas Guidicor, yo he estado en Marina de Santander, Club náutico Puebla, Club náutico Escarabote, Club náutico de Rianxo, Marina Pobra y ahora en Nauta Sanxenxo, ninguno era un servicio público, todos eran concesiones.
Según google, "un club náutico no es un servicio público, sino una sociedad deportiva de carácter privado o mixto, formada por socios que pagan una cuota para acceder a actividades náuticas, instalaciones y eventos. Aunque pueden recibir subvenciones o concesiones de puertos públicos, su funcionamiento se basa en una masa social asociada, no en la prestación de un servicio a la ciudadanía en general". Saludos Rafa
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| 3 Cofrades agradecieron a ROyOR este mensaje: | ||
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#18
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Régimen Jurídico El régimen jurídico principal está establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM) y, en su caso, por las leyes portuarias de las Comunidades Autónomas si el puerto no es de interés general. Características Principales Naturaleza Demanial: La lámina de agua de un puerto (espacio marítimo) tiene la consideración de dominio público portuario estatal o autonómico. Su uso privativo requiere un título habilitante, que es la concesión. Otorgamiento: La concesión es otorgada por la Autoridad Portuaria correspondiente (para puertos de interés general, gestionados por el Estado a través de Puertos del Estado) o por el organismo autonómico competente. Finalidad: La concesión habilita al concesionario (normalmente una sociedad mercantil) a ocupar y utilizar de forma temporal y exclusiva la lámina de agua para la construcción y explotación de instalaciones náutico-deportivas, comerciales y complementarias. Servicio Público y Uso Preferente: Los puertos deportivos, incluso los gestionados por concesión, son considerados instalaciones de servicio público. Esto implica que no pueden establecer usos exclusivamente privados y deben ofrecer derechos de uso preferente (amarres) a los usuarios interesados, bajo un régimen tarifario regulado. Temporalidad: Las concesiones son temporales. El TRLPEMM establece un plazo máximo para estas concesiones, que puede ser objeto de prórroga si se cumplen los requisitos legales establecidos, conforme a la normativa vigente. Condiciones y Pliego: El otorgamiento de la concesión se rige por un pliego de condiciones que detalla las obligaciones del concesionario, las obras a realizar, los cánones a pagar (tasa de ocupación de la lámina de agua) y la duración de la explotación. Tasas y Cánones El concesionario debe abonar a la Autoridad Portuaria una tasa de ocupación de la lámina de agua, cuya base imponible se determina mediante una valoración específica de dicho espacio, conforme a lo previsto en la Ley. Esto es razonable. (IA) |
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#19
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En España, el canon de ocupación de la lámina de agua en un puerto deportivo (que paga el concesionario a la administración) se calcula conforme a la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y su cuantía no tiene un "tope" prefijado en la ley como un porcentaje máximo, sino que se basa en la valoración del dominio público ocupado y la rentabilidad esperada, y no requiere la "provocación del gasto" por parte del concesionario.
1. ¿Hay topes para el canon del cesionario? No hay un tope máximo establecido como porcentaje fijo en la normativa portuaria española. El canon de ocupación se calcula de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. La base imponible de esta tasa es el valor de mercado de los terrenos, instalaciones y la lámina de agua ocupada, determinado mediante tasación pericial. El tipo de gravamen se fija anualmente, pero la ley establece criterios para asegurar que refleje el valor real del uso privativo del dominio público. Además del canon de ocupación, el concesionario suele pagar un canon de actividad (o explotación), que normalmente es un porcentaje de sus ingresos brutos anuales, lo que incentiva la eficiencia de la gestión. La administración portuaria busca maximizar el valor de la concesión, y las ofertas económicas presentadas en el concurso público para otorgarla son un factor clave. 2. ¿Se precisa provocación del gasto? El concepto de "provocación del gasto" (entendido como la necesidad de que el concesionario demuestre que ha incurrido en gastos específicos para poder justificar su canon o tarifa) no aplica para el cálculo del canon que el concesionario paga a la administración. El canon que el concesionario paga a la Autoridad Portuaria es una contraprestación por el derecho a usar un bien de dominio público y obtener un beneficio de esa explotación, y no está directamente ligado a los gastos operativos del concesionario. Sin embargo, los gastos realizados por el concesionario (inversiones en infraestructura, mantenimiento, etc.) sí son un factor determinante para establecer la duración de la concesión. La ley exige que la duración de la concesión (que no puede ser indefinida) permita al concesionario recuperar la inversión realizada y obtener un rendimiento razonable del capital invertido, transfiriendo el riesgo de explotación al concesionario. En resumen, el canon se basa en el valor del derecho que se otorga y la rentabilidad de la actividad, no en los gastos incurridos por el cesionario. Resumiendo: El concesionario (Nauta Sanxenxo, s.l., sociedad municipal). Debe fijar un canon de ocupación que le permita recuperar su inversión, en el plazo de la concesión, y un beneficio razonable (¿6-15%?). No procede aplicar la batea en terra a la inversión, pues poco o nada tiene que ver con la actividad portuaria (opino). Creo que la Xunta( Portos de Galicia) está entendiéndolo en este sentido |
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#20
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Hola.
Siempre que voy a Sanxenxo me pregunto, cuál es la diferencia entre los pantalanes que están cerca de los barcos de pesca (los pantalanes de Norte) y el resto ( los que dan a la dársena interior) Gestiona todos el mismo Náutico? O son pantalanes de concesiones distintas? |
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#21
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Muy buenas Ouessant, hay dos concesiones en Sanxenxo, Hay un primer pantalón, frente a los restaurantes, que es del club náutico y todo lo demás, incluidos los que están al lado de los barcos de pesca, es de Nauta Sanxenxo.
Te pongo en azul la concesión del club náutico y en rojo la parte de Nauta ![]() Saludos Rafa
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