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  #1  
Antiguo 06-06-2008, 00:43
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Predeterminado Re: Barco Zona 3 y PER????

Entiendo que el barco no puede estar despachado en zona 3 si quien lo lleva tiene PER. Tendrás que cambiar la categoría de navegación del barco, bajándolo, a zona 4.

El problema no está en no pasarte de los límites de tu titulación. Simplemente no puedes llevar ningún barco cuya categoría de navegación sobrepase los límites de tu titulación

Saludos.

José
__________________
Es muy agradable ser importante, pero es mas importante ser agradable

Lo mas importante sobre mi es mi profunda ignorancia
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  #2  
Antiguo 06-06-2008, 13:51
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Predeterminado Re: Barco Zona 3 y PER????

Cita:
Originalmente publicado por Gladiador Ver mensaje
Entiendo que el barco no puede estar despachado en zona 3 si quien lo lleva tiene PER. Tendrás que cambiar la categoría de navegación del barco, bajándolo, a zona 4.
Pues iba a decir que no llevas razón, pero si vamos a la literalidad de la Orden de18 DE ENERO DE 2000 por la que se aprueba el Reglamento Sobre Desapcho de Buques:
SECCIÓN 2.ª DE LAS EMBARCACIONES ESPAÑOLAS PERTENECIENTES A LA SÉPTIMA LISTA Y DE LA SEXTA QUE SE ALQUILEN SIN TRIPULACIÓN
Artículo 24. Formalización del despacho.
La Capitanía Marítima formalizará el despacho haciendo constar en el Rol de la embarcación el título mínimo que se requiere para el mando de la misma.
El despacho y su actualización se harán constar en el Rol o Licencia de Navegación al tiempo que se renuevan los certificados.
Asimismo, se hará constar en el Rol el número máximo de personas que podrán embarcarse en dichas embarcaciones de acuerdo con sus correspondientes certificados.
Yo también pensaba que eran cosas independientes, la titulación del patrón y la zona de navegación permitida, y que mientras el barco se encontrara en una zona que no trasgreda ni una ni otra (12 millas), era posible.

Pero atendiendo a la literalidad.... no lo veo tan claro

Mínima: Límite inferior, o extremo a que se puede reducir algo.
Requerido: Necesitado --> Obligar a ejecutar algo (sine qua non, o sea, por narices)

Otra cosa, es que, independientemente de lo que resulte del debate, si desde ya sabes que no vas a navegar en zona 3, vas a tener que mantener un equipamiento (sobre todo balsa, radiobaliza) que está "de sobra".
Porque lo que no cabe duda es que si el barco está despachado para zona 3, aunque no vaya a navegar nunca por ella (por falta de título del patrón o por lo que fuera) tiene que tener y mantener el equipamiento de seguridad requerido (obligado).

¡¡Hale!! ¡¡A estudiar PY!! (si no por "obligación" para aprovechar el material)

(Ya sólo falta el debate de que a partir de 12 millas da igual porque la PGC no te puede abordar... ver buscador )

Salud
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  #3  
Antiguo 06-06-2008, 21:09
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Predeterminado Re: Barco Zona 3 y PER????

Cita:
Originalmente publicado por otoio Ver mensaje
Ya sólo falta el debate de que a partir de 12 millas da igual porque la PGC no te puede abordar...
Mas bien diría que no es habitual que te aborden, ya que no suelen alejarse tanto de la costa, pero por poder si que pueden. Las aguas entre islas (Baleares y Canarias) son agua archipelagicas por lo que la patrullera podría iniciar una persecución... aunque es muy improbable topar con una patrullera lejos de su puerto base.

Cita:
Originalmente publicado por pinguino Ver mensaje
Inexacto... no existe ninguna embarcacion de vela en estas esloras que no cuente con ningun motor en absoluto.
El motor es necesario para maniobrar dentro de puerto ya que esta absolutamente prohibido maniobrar en los puertos a motor.
La vela ha de ser el medio de propulsion "principal" y no el "unico".
De ser asi seria una ley torticera ya que no seria aplicable.
A menos que hablemos de un vela ligera todas las embarcaciones de vela de cierto desplazamiento cuentan con cualquier tipo de motor por minimo que sea, pero siguen siendo "de vela"
Creo que lo que comentas es el principal motivo por el que las titulaciones de PER, PY y CY exigen la titulación de motor y hacen opcional la de vela... Mantienendo las mismas esloras para motor y vela.

Sin embargo, es bastante frecuente encontrarse con embarcaciones de vela con esloras iguales o inferiores a los 8 metros que no dispongan de motor, como es el caso de los J/80. Lo que no me queda claro es como ve la legislación el uso del motor auxiliar (Quizás exista una limitación de potencia), pero si emplea un motor intraborda creo que la titulación mínima requerida es el PER.
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