Re: ¿ Puede casar legalmente un Capitán ?
• ¿Tiene el patrón de una embarcación de recreo la misma autoridad, derechos y deberes que un capitán de un buque mercante?
Sí. Puede efectuar casamientos, refrendar testamentos y aplicar la disciplina, en las mismas condiciones que un capitán mercante. Respecto a la responsabilidad sobre la tripulación, el régimen es diferente. Si bien es cierto que los invitados en una embarcación de recreo asumen el riesgo implícito en la navegación de forma voluntaria, cuando alguna acción del patrón aumenta ese riesgo y se produce un accidente resultando dañado un invitado aquel puede resultar responsable.
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