![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Yo tambien diria en la 5 o incluso la 6, pero mejor consulta con una Capitania o profesional del tema
Salu2 y buena mar ![]() |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Me voy a mojar... Yo creo que:
No necesita matrícula Solo autorización de la Confederación hidrográfica que tenga autoridad. Los cofrades con barcos en pantanos podrán confirmar esto. Saludos ![]() |
|
#3
|
|
en la lista quinta, se registrarán los remolcadores, embarcaciones y artefactos navales dedicados a los servicios de puertos, radas y bahías.
![]()
__________________
Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
|
|
#4
|
||||
|
||||
|
Comparto la opinion de Sotileza. En aguas interiores no marítimas, las competencias serán de la Confederacion Hidrográfica correspondiente.
En el trágico hundimiento del lago de Banyoles, los responsables judiciales fueron los patrones-armadores, y el edil del Ayuntamiento que era quien tenía compertencias sobre el lago. Consultalo con la Confederación correspondiente y pregunta qué requisitos tecnicos te exigen. Si es un embalse para suministro de agua potable es posible que no te autoricen motores de combustión. ![]() |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|