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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
![]() ![]() ![]() De todos modos entre que una conducta sea "mal vista" o sea "ilegal" hay un trecho. Qué dice la Ley? Lo pregunto porque puede pasar que vuelvas de Italia o Francia por ejemplo, con la bandera de cortesía izada en el obenque, y que no la quites antes de volver a amarrarte a tu puerto de siempre. Puede multarnos la Guardia Civil por ello?
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#2
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Cita:
Si en tu ejemplo, entras con la bandera de Italia, o de Francia, en el obenque, estás diciendo algo así como "no reconozco la independencia de donde estoy, y estoy en un país bajo el dominio del que llevo en el obenque". Bueno, perdonadme los entendidos, que no soy de leyes, ni conozco el epígrafe concreto. Pero es un insulto, ofensa, para los habitantes del país visitado. Y por lo menos, y no más importante, una falta de cortesía importante. Uff. ![]() ![]()
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![]() "Quien no se lanza mar adentro nada sabe del azul de las aguas profundas" (Antoine de Saint-Exupery) |
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#3
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Para vuestra información, y esperando que este post de banderita no se convierta en el de siempre ( más que nada porque lo vigilo
) diré que atracar tu barco en tu puerto teniendo izada la bandera de otro país es una "falta grave contra el ordenamiento del tráfico marítimo" y la multa puede llegar "hasta los 20.000.000 de pesetas". No recuerdo el Real Decreto porque es muy antiguo, pero os puedo asegurar que es así. Lo viví en propias carnes .Para más información, buscar en la antigua taberna ![]() ![]()
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