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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
¿y en otros ambitos? En otros ambitos no te perdonan... con mi anterior coche me cascaron una multa por no pasar la ITV, aunque el coche habia pasado rigurosamente su revision cada 10.000 km, en concesionario oficial, y segun estipulaba el plan de mantenimiento. Todo demostrable porque hacia sellar rigurosamente el libro de mantenimiento, y conservaba todas las facturas Fui al RACC. Presente un recurso y argumente que el coche estaba en perfecto estado, revisado en concesionario oficial, y bla, bla, bla... Respuesta: ¡¡silencio administrativo!! y apremio del pago de la sancion La verdad, Werke... en una sociedad tan regalmentada como la nuestra, y con el concepto de justicia (igualdad para todos y esas cosas) lo que me dices no deja de asombrarme Y la verdad, el hilo, a medida que transcurre mas preocupacion me genera. Porque yo soy de aquellos que para ahorrarme lios (no porque comparta los criterios) procuro ir segun la ley y actuar del mismo modo... y me gustaria saber sí, independientemente del criterio de que quien me resuelva el expediente, mis actuaciones se ajustan o no a ley... otra cosa, como decia antes, es que, aun sabiendolo, me la salte a la torera Saludos ![]() |
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#2
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Werke hace referencia a que todos los remolques tienen que ser autorizados por Capitania, me gustaría que hicieras referencia a la ley donde marca esa circunstancia, porque sigo sin verlo claro.
Asi mismo sigo insistiendo que con el titulo de CY se puede gobernar cualquier embarcacion independientemente de su eslora. Lo que la ley dice, es que las de mas de 24 metros deben cumplir con las normas de seguridad de buques mercantes para poder ser despachadas (Orden 18-1-2000 por el que se aprueba el despacho de buques), y para poner un ejemplo, puede suceder que por la eslora el buque para su despacho necesite un maquinista naval (titulado), pero puede estar perfectamente al mando de un CY (siempre que sea sin explotación comercial). Un saludo |
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#3
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Cita:
Cita:
Vamos, que toda decisión entraña riesgo de equivocarse, si no ¡Que aburrimiento! Venga Keith, no te dejes invadir por la zozobra ![]()
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![]() http://chifle.latabernadelpuerto.es/ Cuando queráis saber la edad del mundo, mirad la faz del océano en plena tormenta. Joseph Conrad, El espejo del mar |
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#4
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Relativamente ao salvamento, de vidas, gratuito têm surgido dúvidas entre ser um resgate de um tripulante por doença, ou acidente, e resgate de tripulantes por risco de afundamento, incêndio etc...
Diferença entre um "mayday" e um "panpan"
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"ESTA É A MARGEM DO AZUL, NENHUM OUTRO LIMITE RECONHEÇO AO SANGUE." A.Martins |
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#5
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Este post se esta complicando por momentos por cosas que no tienen tanta importancia.
Algunas premisas que deben de estar claras: - El salvamento de personas es gratuito: Esto es un maxima, siempre ocurre asi y a nadie se le ocurre ir contra ello. Si tienes que evacuar a un herido grave y se tiene que desviar un mercante un monton de millas para cogertelo no tienen derecho a cobrar. Es mas el MRCC de turno es el que normalmente le pide al mercante que ejecute sus ordenes SAR. - El salvamento de cosas se puede cobrar, y normalmente se cobra. Si te estas acercando a las rocas sin motor con el palo roto y alguien te viene a sacar te puede cobrar segun unas tarifas y porcentajes establecidos que nunca pueden superar el 100% del valor de lo salvado. Normalmente en embarcaciones de recreo si eres tu el que salva a otro pues es normal no cobrar pero cuidado si un dia tu eres el que tienes la emergencia que te pueden legalmente te pueden cobrar. Un particular no esta obligado a rescatar cosas, en el caso anterior del velero en las rocas si se te acerca alguien en una lancha y te dice que subas a bordo pero que el barco no lo rescata esta en su perfecto derecho. - Distincion entre salvamento y remolque: En el salvamento el barco siniestrado esta en riesgo, en el peor de los casos será un juez el que dicte si un riesgo es tal o no. Las tarifas entre remolque y salvamento son muy diferentes, siendo logicamente las mas favorecidas al remolcador estas ultimas. Lo primero es que te saquen de ahi, luego si no estas de acuerdo con lo que te quieren cobrar se va a juicio y alli deciden. - En todas las situaciones anteriores es el patrón del barco rescatador el que decide si puede efectuarlas. Si decide que implica un riesgo inaceptable para la seguridad de su nave o de su tripulación legalmente esta capacitado para no efectuar el rescate. Esto pasa incluso con salvamento maritimo, el patron de la lancha que te viene a rescatar si no lo ve claro puede no rescatarte (como ya ha ocurrido alguna vez)y no le pasa nada (siempre con causas justificadas evidentemente). - Segun en que costas andemos, como el caso que se ha comentado antes de la armada de EEUU, hay algunos paises que tienen una figura juridica, en la cual en caso de riesgo pueden obligarte a aceptar un rescate. Esto es algo muy serio, tu estas en un fregado de mil pares de narices, pero crees que puedes salir de ello y segun el pais, dicen las autoridades que no puedes salvarte por ti mismo y estas obligado a aceptar el salvamento. Un caso asi conocido es el del rescate del velero Satori en la tormenta perfecta. El patrón se negaba a abandonar el velero y le obligaron a hacerlo en contra de su voluntad (y luego el velero se rescato intacto despues de la tormenta). - Un barco de recreo es un barco de recreo independientemente de su eslora, como dice Jonri, lo que pasa es que si tiene mas de 24 metros de considera que tiene que cumplir las disposiciones requeridas para ello (SOLAS, MARPOL, etc, que cuestan implementarlas una pasta, por eso hay tanto yate de 23,99m) - En la cuestión de dar el remolque hasta acabar la situación de peligro, si los dos estan de acuerdo en que hay un riesgo en dejar de dar el remolque puedes continuar dandolo. En el caso que se comentaba en otra intervención que estas remolcando a un conocido por quedarse sin maquina y la "obligacion" de dejarle de dar remolque cuando le has alejado lo suficiente para que se lo de salvamento maritimo cobrando, la opción es sencilla, si el remolcado dice que si le dejas a la deriva corre peligro, y tu estas de acuerdo, no hay ningun problema en que le remolques hasta el puerto, y nadie te va a decir lo contrario. Saludos Auskalo
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Navego luego existo. |
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#6
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Pues es tal el desencanto que me asola con casi todo, que sí, te reconozco que estoy a punto de ser invadido por la zozobra
y que le den pol saco a todo... a los valores, a los principios, a las actitudes, al positivismo... Y es que el mundo esta de locos... pero de locos de atar ![]() |
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#7
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y en el caso de cobrar por un salvamento o un remolque digamos 3.000 euritos hay que imputarlo en tu base imponible
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