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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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(ESto es del Simón Quintana)
El objeto hallado se te entrega siempre que su valor no sea superior a 150000 pesetas (dice pesetas y no euros, no se si es error o libro viejo). Si es superior, tienes derecho a 150000 más un tercio del exceso que se obtenga en la subasta. Peeeroooooo Esto no se aplica a los buques abandonados en el mar ni a sus cargamentos. Toma ya, ahora el que no sabe se te lo puedes quedar soy yo.
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Regalo barras portaequipajes para un Citroen Zx. Están en Valencia |
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#2
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Muchas gracias. mas o menos es lo que yo tenia entendido. Pero la duda surge por una conversación con un amigo, que en cierta ocasión le hizo el favor a un conocido de llevarle una solicitud a capitania maritima ya que se habia encontrado una barca, y en capitania al ver que habia puesto encontrado en la orilla, le dijeron que se la iban a denegar, ya que no era competencia suya sino del ayuntamiento al que pertenecia la playa y que en tal caso ya no se podia solicitar de igual forma a cuando te lo encuentras a la deriva. De ahi la duda.
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