![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Cuando recibes alguien a bordo asumes toda responsabilidad sobre
los daños causados a su persona, en caso de accidente o naufragio. La indemnización máxima por accidente y persona en mi póliza, es de 20.000.000 de ptas. Póliza con R.C. voluntaria además de la obligatoria (Total 1200€) Según tengo entendido los Jueces están señalando indemnizaciones del orden de 100.000.000 de ptas. en caso de muerte. Seguramente el muerto, si pudiera no te reclamaría nada; pero... y sus familiares y/o herederos ??? Es para pensárselo ???
__________________
Por la confusión del turco. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|