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Antiguo 29-01-2009, 20:23
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Predeterminado Re: Compra de velero a cargo de la empresa

Suponiendo que cuando dices "empresa" te refieres a una "sociedad" (un empresario persona física también tiene una empresa), es evidente que ninguna ley impide que compres un barco a nombre de una sociedad.

Otra cosa es la fiscalidad de lo que compras. En cuanto al uso que le quieres dar:

No habría exención del impuesto de matriculación como cuando se destina a alquiler.

Los gastos y amortizaciones serían deducibles en el impuesto de sociedades siempre que sean necesarios para realizar tu actividad (básicamente, que justifiques que tus clientes invitados cierran operaciones).

Para ello convendría llevar un registro de clientes con los que navegas y que ellos firmen y luego puedas justificar ventas.

Si tu lo usas, es una cesión gratuita a una persona vinculada a la sociedad y deberías declarar en la sociedad un ingreso a valor de mercado por el uso que le des (¿cuanto costaría alquilar un barco así?).

En cuanto al IVA, la regla general es que éste sólo es deducible si hay afectación exclusiva, esto es, que no lo usas para fines privados. No obstante, la norma prevé la deducibilidad parcial en la medida que se justifique la afectación parcial y, como dice la Lay del IVA:

"El grado de utilización en el desarrollo de la actividad empresarial o profesional deberá acreditarse por el sujeto pasivo por cualquier medio de prueba admitido en derecho."

Lo cual es bastante complicado salvo que lleves un registro preciso de las acividades que se realizan en el barco.

En cualquier caso, a ningún inspector le va a hacer gracia y si te deduces el IVA, tendrás Acta segura.

Espero que te sirva.

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raem (29-01-2009)
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