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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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No se me ocurre mejor lugar para incluir estas aclaraciones sobre terminología de seguros. Nos vamos a encontrar con ella a lo largo de todo el proceso de selección y contratación y más nos vale saber de lo que nos están hablando.
Se incluye además un cuadro comparativo de las coberturas contratadas al hacerlo bajo condiciones inglesas o españolas, que espero os sea de utilidad. A esta copa invito yo. Pidan que sea larga, rica en aromas y acomódense a digerir el tocho: - Cobertura básica RCO (Responsabilidad Civil Obligatoria): La Responsabilidad Civil Obligatoria garantiza las indemnizaciones a perjudicados por daños materiales y/o personales o pérdidas económicas causadas a terceros derivadas del uso de la embarcación, con carácter extracontractual y siempre que medie culpa o negligencia del Asegurado. - Cobertura RCV (Responsabilidad Civil Voluntaria): La cobertura de Responsabilidad Civil Voluntaria sólo podrá contratarse en exceso de la Responsabilidad Civil Obligatoria. - Cobertura responsabilidad civil esquiadores: La Responsabilidad Civil esquiadores garantiza las indemnizaciones a perjudicados por daños materiales y/o personales o pérdidas económicas causadas a terceros derivadas de la actividad del esquí acuático. - Cobertura de daños: + Condiciones españolas vs Condiciones inglesas (INSTITUTE YACHT CLAUSES). Ver anexo + Pérdida total, pérdida total constructiva y Gastos de salvamento + Pérdida total, pérdida total constructiva, Gastos de salvamento y pérdida total por robo de la embarcación entera y/o su embarcación auxiliar - Cobertura de accidentes ocupantes: Se garantiza el pago de las indemnizaciones, en caso de accidente ocurrido a cualquiera de los ocupantes de la embarcación asegurada mientras se encuentren a bordo de la misma, o durante su embarque y/o desembarque. - Cobertura de asistencia náutica: Asistencia Náutica a embarcaciones privadas y de alquiler con tripulación que garantiza la realización de diversas prestaciones para ayudar a resolver situaciones comprometidas o difíciles que pueden darse en ocasión de desplazamientos o viajes marítimos (incluyendo lagos, ríos y canales navegables) utilizando una embarcación de recreo y hacer posible la continuación de los mismos. - Cobertura de regatas costeras: Regatas COSTERAS en aguas jurisdiccionales españolas y sólo para veleros. - Cobertura de reclamación de daños: Reclamación judicial o amistosa de los daños y/o perjuicios causados por un Tercero a la embarcación asegurada. Cobertura de todos aquellos gastos en que se incurra para llevar adelante la reclamación (abogados, procuradores, médicos, traductores, etc.). - Cobertura motos náuticas: asegurando sólo al propietario y único conductor de la misma y cuya edad sea mayor de 25 años. |
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#2
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Al torrotito
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#3
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De las INSTITUTE YATCH CLUSES (Condiciones inglesas)
echazón. (De echar). 1. f. echada (‖ acción y efecto de echar o echarse). 2. f. Mar. Acción y efecto de arrojar al agua la carga, parte de ella o ciertos objetos pesados de un buque, cuando es necesario aligerarlo. Pues eso, para el que ,como yo, no sabía que era eso. Las IYC lo cubren y las condiciones españolas no. No sé si es muy útil en recreo, pero sé de algún pesquero que tuvo que arrojar por la borda toda la carga para ganar flotabilidad y salvar el pellejo. ![]() |
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#4
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Muchas gracias Otilio por tu esfuerzo.
Las ofertas interesantes. Tengo una duda, que no te la pongo como privé por si afecta a alguien más: Yo, como sabes, soy dueño de un barco abuelito, de 1977, que muchas compañías no quisieron asegurar. Leyendo tu post entiendo que quedaría excluido de la "Oferta 1" y tendría que optar por la 2?? O no te han puesto limite a la antigüedad del barco. Y otra duda.... yakestamos.... ¿en algún caso, las coberturas incluyen a la auxiliar, o habría que contratar póliza aparte? Espero tus comentarios. Ah! y tómate algo, que está tó pagao ![]() |
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#5
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Cita:
el mio es de el 76 y si que me lo aseguran . lo que pasa que no aseguran la perdida robo onaufrajio por su balor solo rc y ocupantes saludos kiqu ![]()
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kiqu
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#6
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La forma de contactar con nosotros para pedir un presupuesto o formalizar el seguro puede ser por correo electrónico:
comercial@iberseguros.es O por teléfono llamando al 91 761 81 00 y preguntar por el departamento de transportes y el seguro de la taberna del puerto. www.iberseguros.es Saludos y unas rondas para todos ![]() |
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#7
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Seguimos a la espera de la llegada del resto de las ofertas. Hemos pensado mientras tanto pedir la tasación de las pólizas de cada uno que envió sus datos, para las mismas coberturas que allí aparecían, así nos facilita la comparación y cada cual podrá ver con mayor claridad su opción preferida.
Como ventaja añadida está la posibilidad de reclamar en caso de diferencia entre los precios de las pólizas al aplicar los descuentos teóricos y lo tasado en realidad tras contratar los seguros. Y los rescatados de la picota por lástima, que se chinchen. Como decía, seguimos a la escucha en todos los canales. ![]() |
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#8
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Cita:
Salmedina ![]() |
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