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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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¡¡Ostras!!
Feo panorama!! De alguna forma tienes que obligarles, al varadero, que lo bajen al agua; o contrata tú una grúa que te lo pueda sacar de ahí y lo deje en el agua. No te pueden retener el barco en caso de que lleves tú la grúa, aunque no pagues. El barco es tuyo y no se lo pueden quedar. Es como los coches, aunque tú no le pagues al taller, no pueden retener el coche. Lo más que pueden hacer es denunciarte por el impago de una factura. Seguro que alguno de "nuestros abogados" aparece y nos da una explicación de la que todos aprenderemos. Saludos Luis
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https://amzn.eu/d/afeYznv Vivir en la tierra es caro pero eso incluye un viaje gratis alrededor del sol todos los años ¡¡ Disfrútalo !!http://www.facebook.com/pages/Nautic...69148226436999 |
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#2
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Hola cofrade,....creo que ya te respondí en una anterior ocasión,.... u otro cofrade tenía el mismo problema, no sé.
Yo que tu pondria una denuncia, mas que nada para que conste para evitar futuros problemas. Cuando por fin te tiren el barco al agua y te pidan la pasta tu les sacas la denuncia y que se arreglen con la justicia,... lo dicho, de momento poco puedes hacer salvo tratar de cubrirte las espaldas. un saludo y que se resuelva pronto! ![]()
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Winter is coming... |
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#3
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Cita:
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No se trata de ver algo que nadie haya visto jamás, se trata de ver algo nuevo y diferente en lo que todo el mundo ve. |
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#4
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Yo presentaría una solicitud de botadura inmediata, por escrito, en la oficina del puerto, y tomaría fotos de la situación. Si te parece caro un acta notarial (es lo mejor), puedes buscarte un par de testigos de las fotos (retrátalos con el barco y la situación del varadero), que después puedan dar testimonio de lo ocurrido.
![]() ![]() Con la respuesta que te den, solicitud de exención del pago de las tasas de varadero, por ser responsabilidad de la APPA la permanencia de tu barco en marina seca. ![]() ![]() Y si no hay respuesta positiva, recurso de alzada y contencioso-administrativo. ![]() ![]() ![]() ![]() ![]()
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No job, no problem. No money, no problem. NO WIND, BIG PROBLEM. ![]() Socio 319 |
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#5
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Para retener el coche, el mecánico o el taller, tienen que presentar denuncia por impago y solicitar un embargo preventivo.
Eso me explicó mi mecánico. Pero no pongo la mano en el "fuego" por que, de leyes, no entiendo. Como he puesto, alguno de "nuestros abogados" nos explicará como se puede hacer. Saludos Luis
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#6
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El cofrade Navarca te ha indicado el camino, y es una buena sugerencia. Además de todo lo que él te indica, si la respuesta es negativa, no te queda otra que recurrir a los tribunales, bien por vía contencioso administrativa (muy lenta y muy farragosa), bien vía denuncia (lo que es menso lento y farragoso, pero lento y farragoso como todo lo que involucra a los Juzgados). También te sugiero que compruebes si tu seguro incluye defensa jurídica y consultes con tu compañía a ver si esta situación queda incluida dentro de los supuestos de defensa jurídica en caso de estar cubierta.
Unas ![]() ![]() para ayudar a pasar el mal trago. |
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#7
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Cita:
Voy a ver si encuentro el artículo. |
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#8
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Artículo 139. Principios de la responsabilidad.
1. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. 2. En todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. 3. Las Administraciones Públicas indemnizarán a los particulares por la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos y que éstos no tengan el deber jurídico de soportar, cuando así se establezcan en los propios actos legislativos y en los términos que especifiquen dichos actos. 4. La responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia se regirá por la Ley Orgánica del Poder Judicial. |
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#9
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Cita:
![]() ![]() salud!!!! |
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#10
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Cita:
El problema estará en determinar la cuantía de los perjuicios... ![]() ![]() ![]()
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No job, no problem. No money, no problem. NO WIND, BIG PROBLEM. ![]() Socio 319 |
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#11
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Hola a todos:
¿Esta muy lejos de la rampa o del cantil del muelle? En Sancti Petri, donde no hay Travelift, sacan los barcos con un camión grua que deposita los barcos en un carro hidráulico y los remolcan con un tractor hasta el varadero. Alguna vez, lo he sacado a una cama de varada junto al cantil del muelle, con una grua lo subes y lo bajas. Otra posibilidad es montarlo en un camión y llevartelo a otro puerto si en ese es imposible botarlo. Los gastos los tendrás que pagar tú y luego reclamarlos. ¿No te avisaron que tenías que sacar el barco? Saludos. |
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