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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a todos:
Ayer hablando con una persona del mundo de la náutica, me comentó que los precios en Isla Canela habían bajado. Le comenté lo leído en este post y me dijo que efectivamente subieron los precios, pero que luego los han bajado. Supongo que un profesional que trabaja por la zona debe estar bien informado, ¿sabéis algo los afectados? También me dijo que los precios de los atraques están bajando y que mucha gente con barcos “pequeños” está comprando remolques y sacando los barcos de los puertos, que ahora es más fácil conseguir atraque. Saludos. |
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#2
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Hola Foreros y en especial a LP706. Una ronda
para todos .Si. Los precios de Marina Isla Canela han bajado, este año 2009 para los contrato anuales, respecto a los del año pasado. En el que subieron un 5% aproximadamente, pero empezaron a cobrar un canon por luz y agua, sin contadores individuales . Que, segun eslora, podia llegar a mas de 1.000.-€ anuales.Este año se sigue cobrando dicho, o "el dichoso", canon, pero el descuento para las tarifas anuales pasa del 30% al 45%, sobre el precio de la tarifa normal. Con lo que los nuevos usuarios se benefician de un 15% mas de descuento y tambien, para este año, de un movimiento de grua y una limpieza gratis anuales. Este es el cabreo o agravio comparativo, que queda mas fino, de los usuarios antiguos. Que, como en mi caso, hemos pagado gran parte del año 2009 por anticipado y sin derecho a estas nuevas condiciones. Condiciones de las que, en tu caso, prodrias disfrutar.Asi que, si te interesa, aprovecha y hazlo antes de que cambien de opinion. Y hazte socio de ANUMIC (Asociacion de Navegantes Usuarios de Marina Isla Canela), que es gratis. ![]() Saludos a todos. |
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#3
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Hola Juanjo Hegaveor:
Cambiar de puerto no me es posible, ya que tengo la casa en la zona de Chiclana, cerquita del barco, pero por la zona de Huelva he estado bastante y me gusta para navegar, será porque nunca me ha cogido una castaña por allí. Pero la verdad es que los precios de los atraques se están poniendo para llevarse el barco a casa. Saludos. |
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#4
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Hola a todos y un
, para todos, que invita a una ronda ANUMIC, la Asociación de Navegantes y Usuarios de Marina Isla Canela, para agradecer la gestión, apoyo e interés que está recibiendo de ANAVRE, a pesar de que ello cabree, a más de uno.Pues señores, dejaros de amenazas más o menos veladas, y gestionar bien el Puerto de Isla Canela, para que no suceda lo que todos estamos viendo, e insisto dejaros de amenazas de otros foros distintos a estos, pues lo más seguro es que tengáis que rendir cuentas en ellos antes de lo que estáis pensando. ![]() Y me pregunto, Señores del Puerto. ¿ no conocéis el informe exhaustivo de casi 30 páginas que habla demuestra e ilustra de manera clara y contundente la gestión de Pryconsa en los últimos años en la construcción de viviendas en Isla Canela ? Pues yo si lo conozco, y prometo que es demoledor. Todo llegará. ![]() Lo que no es admisible que con esa conducta, de poca credibilidad y de poca seriedad, se atrevan a insinuar el amoradazamiento, o lo que es lo mismo ............ SI iiiiiiii Wuanaaaaaa Señores de Pryconsa, vamos a llevarnos bien, sin amenazas y con ganas de fomentar la náutica, en lugar de intentar la desidia y aburrimiento de los usuarios de Marina Isla Canela.![]() |
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#5
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Hola a todos:
En cuanto al canon por consumo de agua y electricidad, ¿Es obligatorio? Si no es obligatorio y todos los usuarios renunciáis al uso de esos servicios, le pegáis un buen bajón a los ingresos del puerto y es posible que se presten a negociar los precios. Los barcos fondeados no cuentan con esos servicios y sobreviven, si es solo por un plazo y se consigue una reducción de los precios habrá merecido la pena. Saludos |
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#6
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Hola foreros, una ronda
para todos ![]() Contestando a LP706, tengo que decirte que el maldito canon por agua y luz, es OBLIGATORIO para TODOS los usuarios del puerto. Excepto para los del pantalan nº4, barcos de mayor eslora, y las T de los otros pantalanes, que tienen contadores individuales. Pagando lo que consumen, con un recargo del 30% sobre las tarifas de los proveedores (Endesa y Giahsa). La mayoria de barcos a motor y veleros de menos de 9 metros no estan conectados a la electricidad, de forma permanente. Muchos no lo hacen nunca. Pero estan obligados a pagar el canon .Totalmente de acuerdo con Pirata de Canela . Sres. de Pryconsa vamos a llevarnos bien y dejemos las amenazas, veladas o no, "de acudir a otros foros, para depurar responsabilidades". ¿A que foros se refieren? A los medios, a los tribunales de Justicia. Donde ya tienen experiencia, no muy buena por cierto. Colaboremos, entre todos, y llevemos el barco a buen puerto . Nunca mejor dicho.Al parecer de los casi veinte puntos, en los que basabamos nuestras peticiones, hay dos que han molestado especialmente. -Falta de aseo en los servicios. -Insuficiente servicio de marineria. No esta en el animo de ANUMIC el enjuiciar o criticar el trabajo del personal del puerto . Marineros, limpiadoras, ect... son nuestros amigos, como tales los respetamos y mas aun su trabajo.La cuestion es que, si un marinero ha de hacer de marinero, jardinero, vigilante, atender la gasolinera, la recepcion, el parking... Y a partir de las siete de la tarde, solo queda uno. Mal servicio dara en la gasolinera o al usuario que solicite su ayuda para amarrar. Si esta en la recepcion dando entrada o salida a un barco. Por mucho que se esfuercen, y nos consta que lo hacen. ¿Es este el plus, o valor añadido, por el cual pagamos mas que en otros puertos? Esta es la cuestion. Saludos a todos. Editado por Juanjo Hegaveor en 02-03-2009 a las 19:01. |
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#7
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Hola a todos:
El precio de los suministros de agua y electricidad en los Puertos de Andalucía, se regulan en la Ley de Puertos de Andalucía, como tasa T8 de suministros. http://noticias.juridicas.com/base_d...-l21-2007.html http://noticias.juridicas.com/base_d...07.t4.html#a59 Artículo 59. T8: Tasa de suministros. I. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible la puesta a disposición del sujeto pasivo, por la Agencia, de productos o servicios de terceros a través de las instalaciones del puerto, y la utilización de estas para su efectiva prestación. II. Devengo. La tasa se devengará en el momento en que comience la prestación del servicio, exigiéndose su pago por anticipado, al tiempo de la solicitud. III. Obligados tributarios. Serán sujetos pasivos, a titulo de contribuyente y solidariamente, quien solicite el servicio, así como el titular de la embarcación a la que se destinara, en su caso, el suministro. IV. Elementos de cuantificación. La base de cálculo del importe de la tasa se determinará en atención al número de unidades suministradas y al coste de las mismas. V. Cuotas y normas de aplicación. 1. El importe de la tasa será el resultado de aplicar un coeficiente de 1,30 al coste del suministro para la Agencia, siempre que aquel se realice a través de las redes o usando las instalaciones portuarias. La finalidad de dicho coeficiente es cubrir los costes adicionales de gestión que la prestación suponga para la Agencia, incluida la amortización de las instalaciones. En los casos de suministros que no sean susceptibles de estimación cierta del coste, la prestación del servicio quedará condicionada a la aceptación y abono previo por el sujeto pasivo del importe en que se estime la prestación del servicio. 2. Se exceptúan del régimen tarifario establecido en el punto anterior los suministros de agua y electricidad, en los que la tasa se calculará según el siguiente cuadro de tarifas, en función de la situación de la embarcación: a. Suministros de agua y electricidad en varadero o estancia en seco: (VER TABLAS) b. Suministros de agua y electricidad en atraques y amarres: El suministro en atraques y amarres se considera de recepción obligatoria. Según esta tarifa, un barco de menos de 10 metros en amarre o atraque debería pagar por ambos servicios una cantidad aproximada de 52 €/año. Estamos hablando de un tributo, de modo que no creo que cada puerto pueda aplicar el importe que le dé la gana. ¿Hay alguna explicación para que en Isla Canela apliquen otros importes? Saludos. |
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#8
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Hola a todos:
la Ley del sector Electrico, califica de infracción, que podría ser muy grave, la aplicación de tarifas no autorizadas o superiores a las autorizadas. http://noticias.juridicas.com/base_d.../l54-1997.html El art. 59.IV.2 de la Ley de Puertos de Andalucía, dice que en los suministros de agua y electricidad no se aplica el recargo del 30%, sino la tabla de tarifas que se expone, YANUMIC podría hurgar en el tema. Saludos. Editado por LP706 en 03-03-2009 a las 10:32. Razón: ampliar informacion |
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