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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a todos y un
, para todos, que invita a una ronda ANUMIC, la Asociación de Navegantes y Usuarios de Marina Isla Canela, para agradecer la gestión, apoyo e interés que está recibiendo de ANAVRE, a pesar de que ello cabree, a más de uno.Pues señores, dejaros de amenazas más o menos veladas, y gestionar bien el Puerto de Isla Canela, para que no suceda lo que todos estamos viendo, e insisto dejaros de amenazas de otros foros distintos a estos, pues lo más seguro es que tengáis que rendir cuentas en ellos antes de lo que estáis pensando. ![]() Y me pregunto, Señores del Puerto. ¿ no conocéis el informe exhaustivo de casi 30 páginas que habla demuestra e ilustra de manera clara y contundente la gestión de Pryconsa en los últimos años en la construcción de viviendas en Isla Canela ? Pues yo si lo conozco, y prometo que es demoledor. Todo llegará. ![]() Lo que no es admisible que con esa conducta, de poca credibilidad y de poca seriedad, se atrevan a insinuar el amoradazamiento, o lo que es lo mismo ............ SI iiiiiiii Wuanaaaaaa Señores de Pryconsa, vamos a llevarnos bien, sin amenazas y con ganas de fomentar la náutica, en lugar de intentar la desidia y aburrimiento de los usuarios de Marina Isla Canela.![]() |
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#2
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Hola a todos:
En cuanto al canon por consumo de agua y electricidad, ¿Es obligatorio? Si no es obligatorio y todos los usuarios renunciáis al uso de esos servicios, le pegáis un buen bajón a los ingresos del puerto y es posible que se presten a negociar los precios. Los barcos fondeados no cuentan con esos servicios y sobreviven, si es solo por un plazo y se consigue una reducción de los precios habrá merecido la pena. Saludos |
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#3
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Hola foreros, una ronda
para todos ![]() Contestando a LP706, tengo que decirte que el maldito canon por agua y luz, es OBLIGATORIO para TODOS los usuarios del puerto. Excepto para los del pantalan nº4, barcos de mayor eslora, y las T de los otros pantalanes, que tienen contadores individuales. Pagando lo que consumen, con un recargo del 30% sobre las tarifas de los proveedores (Endesa y Giahsa). La mayoria de barcos a motor y veleros de menos de 9 metros no estan conectados a la electricidad, de forma permanente. Muchos no lo hacen nunca. Pero estan obligados a pagar el canon .Totalmente de acuerdo con Pirata de Canela . Sres. de Pryconsa vamos a llevarnos bien y dejemos las amenazas, veladas o no, "de acudir a otros foros, para depurar responsabilidades". ¿A que foros se refieren? A los medios, a los tribunales de Justicia. Donde ya tienen experiencia, no muy buena por cierto. Colaboremos, entre todos, y llevemos el barco a buen puerto . Nunca mejor dicho.Al parecer de los casi veinte puntos, en los que basabamos nuestras peticiones, hay dos que han molestado especialmente. -Falta de aseo en los servicios. -Insuficiente servicio de marineria. No esta en el animo de ANUMIC el enjuiciar o criticar el trabajo del personal del puerto . Marineros, limpiadoras, ect... son nuestros amigos, como tales los respetamos y mas aun su trabajo.La cuestion es que, si un marinero ha de hacer de marinero, jardinero, vigilante, atender la gasolinera, la recepcion, el parking... Y a partir de las siete de la tarde, solo queda uno. Mal servicio dara en la gasolinera o al usuario que solicite su ayuda para amarrar. Si esta en la recepcion dando entrada o salida a un barco. Por mucho que se esfuercen, y nos consta que lo hacen. ¿Es este el plus, o valor añadido, por el cual pagamos mas que en otros puertos? Esta es la cuestion. Saludos a todos. Editado por Juanjo Hegaveor en 02-03-2009 a las 19:01. |
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#4
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Hola a todos:
El precio de los suministros de agua y electricidad en los Puertos de Andalucía, se regulan en la Ley de Puertos de Andalucía, como tasa T8 de suministros. http://noticias.juridicas.com/base_d...-l21-2007.html http://noticias.juridicas.com/base_d...07.t4.html#a59 Artículo 59. T8: Tasa de suministros. I. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible la puesta a disposición del sujeto pasivo, por la Agencia, de productos o servicios de terceros a través de las instalaciones del puerto, y la utilización de estas para su efectiva prestación. II. Devengo. La tasa se devengará en el momento en que comience la prestación del servicio, exigiéndose su pago por anticipado, al tiempo de la solicitud. III. Obligados tributarios. Serán sujetos pasivos, a titulo de contribuyente y solidariamente, quien solicite el servicio, así como el titular de la embarcación a la que se destinara, en su caso, el suministro. IV. Elementos de cuantificación. La base de cálculo del importe de la tasa se determinará en atención al número de unidades suministradas y al coste de las mismas. V. Cuotas y normas de aplicación. 1. El importe de la tasa será el resultado de aplicar un coeficiente de 1,30 al coste del suministro para la Agencia, siempre que aquel se realice a través de las redes o usando las instalaciones portuarias. La finalidad de dicho coeficiente es cubrir los costes adicionales de gestión que la prestación suponga para la Agencia, incluida la amortización de las instalaciones. En los casos de suministros que no sean susceptibles de estimación cierta del coste, la prestación del servicio quedará condicionada a la aceptación y abono previo por el sujeto pasivo del importe en que se estime la prestación del servicio. 2. Se exceptúan del régimen tarifario establecido en el punto anterior los suministros de agua y electricidad, en los que la tasa se calculará según el siguiente cuadro de tarifas, en función de la situación de la embarcación: a. Suministros de agua y electricidad en varadero o estancia en seco: (VER TABLAS) b. Suministros de agua y electricidad en atraques y amarres: El suministro en atraques y amarres se considera de recepción obligatoria. Según esta tarifa, un barco de menos de 10 metros en amarre o atraque debería pagar por ambos servicios una cantidad aproximada de 52 €/año. Estamos hablando de un tributo, de modo que no creo que cada puerto pueda aplicar el importe que le dé la gana. ¿Hay alguna explicación para que en Isla Canela apliquen otros importes? Saludos. |
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#5
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Hola a todos:
la Ley del sector Electrico, califica de infracción, que podría ser muy grave, la aplicación de tarifas no autorizadas o superiores a las autorizadas. http://noticias.juridicas.com/base_d.../l54-1997.html El art. 59.IV.2 de la Ley de Puertos de Andalucía, dice que en los suministros de agua y electricidad no se aplica el recargo del 30%, sino la tabla de tarifas que se expone, YANUMIC podría hurgar en el tema. Saludos. Editado por LP706 en 03-03-2009 a las 10:32. Razón: ampliar informacion |
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#6
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Unas
![]() para todosNo conozco el caso de Isla Canela, y lamento lo que os está pasando, pero quiero aclarar un par de cosas de Puerto Sherry que se han dicho y no son correctas. Gavioto, informarte de que Puerto Sherry no tiene ladrillo, y que la sociedad concesionaria nunca lo ha tenido. Gavioto, el Dumping no es tener los precios por debajo del mercado, cosa legítima y legal, sino, tener los precios por debajo del coste, que no es lo mismo. Esto último es ILEGAL, y si ademas se hace con nuestros impuestos es INMORAL ![]() ![]() Juanjo, cuándo estuviste en Puerto Sherry? fue cuando lo llevaban los de la APBC? porque ahora por lo que he visto y oido, intentan ayudar todo lo que pueden. Más ![]() para todos. |
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#7
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Hola foreros y muy especialmente a LP706. Unas
para todos.Muchas gracias amigo LP706 por tu valiosa informacion![]() No hay que entender demasiado de leyes, por lo que veo tu si que sabes, para darse cuenta de lo abusivo del cobro, por consumo de electricidad y agua, al que nos somete Marina Isla Canela. Al pedirles al puerto el desglose de las facturas pagadas los dos ultimos años. Tienen la ... , no se como calificarlo, de adjuntarnos unas fotocopias de unas tarifas, aprobadas por la Junta de Andalucia, con fecha de 27 de marzo de 2.000, aun en pesetas. Que empiezan a aplicar el año 2.008, cuando existe la Ley 21/2.007 de Regimen Juridico y Economico de los Puertos de Andalucia, de 18 de diciembre del mismo año. Que son las actualmente vigentes, como claramente se ve en el link que has publicado en este foro, y con unos importes sensiblemente mas bajos. Lo dicho un autentico abuso, del que los juristas de ANUMIC han tomado buena nota. Darte las gracias, una vez mas. Y decirte que, cuando naveges por estas aguas, aqui tienes unos amigos y nos tomaremos unas no virtuales.Saludos a todos. |
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#8
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Hola cofrades
![]() ,unas rondas a la salud de ese precioso lugar que es isla canela, al hilo de esta conversacion voy a pasar unos dias por alli en semana santa saben de algun charter o salidas de dia en velero , por esa zona? gracias por las recomendaciones de antemano. |
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#9
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Hola y olas marinas para todos. Brindis
antes de empezar el finde náutico.Amigo Sincity, si quieres información respecto al alquiler de un velero, te aconsejo que llames a Victor 626 994497 , está en el mismo puerto y es de confianza. Respecto a nuestro calvario con Marina Isla Canela, continuamos esperando, la respuesta de la dirección del Puerto. Y en lo referente a los que queréis volver a tener un atraque en este puerto, estoy a la espera igualmente de una conversación con el gerente. ![]() ![]() |
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#10
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Hola y olas marinas para todos. Brindis
antes de empezar el finde náutico.Amigo Sincity, si quieres información respecto al alquiler de un velero, te aconsejo que llames a Victor 626 994497 , está en el mismo puerto y es de confianza. Respecto a nuestro calvario con Marina Isla Canela, continuamos esperando, la respuesta de la dirección del Puerto. Y en lo referente a los que queréis volver a tener un atraque en este puerto, estoy a la espera igualmente de una conversación con el gerente. ![]() ![]() |
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