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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#6
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Hola Freus:
¿ Hace cinco años desde que te sacaste el PER ? Estarán exentas de presentar certificado médico aquellas personas que hayan expedido o renovado una titulación náutica en un plazo menor de cinco años. El certificado te lo puede hacer (no está obligado) tu médico de cabecera o en cualquier centro médico que se dediquen a los carnets de conducir. y permisos de armas. El médico que realice la revisión, y firme el certificado médico debe hacer constar el siguiente texto: "CERTIFICO: Que Don...................no padece en la actualidad enfermedad ni defecto físico que le impida el gobierno de embarcaciones deportivas, Resolución de fecha 30-12-97, de la Dirección General de la Marina Mercante B.O.E. nº 8 de 09-01-98 para la obtención o renovación o convalidación del Título Náutico de............................................."Saludos, Javichi ![]() Editado por javichi en 13-03-2009 a las 18:10. |
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