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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Lo que no entiendo es porque un CY puede arriesgar la vida de la gente con 24h de formación práctica sólo si no cobra por ello. La ley permite a un CY llevar a 'x' personas a dar la vuelta al mundo sin cobrar, pero no puede hacer un paseo de media milla cobrando. ¿No es un poco absurdo? ![]() ![]() ![]()
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E cercaronme as ondas...
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#2
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Cómo saber si un CY es competente?
El mar es un medio muy hostil en el cual navegando con una frágil embarcación podemos tener muy fácilmente un imprevisto, como un cabo enredado en la hélice con la costa a sotavento, una vela que no se enrrolla correctamente en medio de un chubasco, una maniobra complicada en puerto con viento duro, el motor de arranque bloqueado, las baterías no responden. Estas y otras situaciones que pueden ser solventadas correctamente por un patrón con experiencia, pueden suponer un accidente si el patrón es novel . Y fíjate que no hago distinción entre patrones de recreo y patrones profesionales, me refiero a patrones que han sufrido todo tipo de situaciones que a base de equivocarse han ido aprendiendo poco a poco a respetar el mar . Las academias de náutica te preparan para tomar rectas de altura, realizar cálculos de estabilidad, analizar partes meteorológicos, y otras muchas cosas que son importantes, pero también hay cosas que no se aprenden en las aulas y solo la navegación real te puede dar. Si el Cy apenas ha navegado , puede llegar a ser un peligro para si mismo y para el pasaje. El cofrade Rookie apuntaba antes que normalmente al terminar las prácticas de Cy se ha navegado suficientemente...Yo hago las prácticas de seguridad en una academia y tengo alumnos que son armadores y tienen una pericia indiscutible, estos alumnos vienen a suponer un 30% del total, el resto su experiencia es más bien escasa y consiste en algún alquiler . Convendría para una futura titulación de charter ,el asegurarse de que el titulado posee una mínima experiencia navegando de al menos 360 días. ![]() ![]() Editado por whitecast en 27-03-2009 a las 14:52. |
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#3
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Cita:
En definitiva, el titulo no es una panacea. Por tanto, si total el titulo no supone la garantia que pretende, tampoco tiene sentido basarlo todo en el, porque al final todo sigue depende de que el interesado -sea el armador o el cliente de la empresa de charter- ejerza su sensatez, tome sus precauciones y se asegure que cuando contrata a alguien tiene la capacidad y experiencia adecuadas (El problema es que esa sensatez es la que la administracion española no quiere reconocer a sus subditos y les dice "ya me encargo yo de que el patron tiene la competencia", lo cual es imposible y ademas atenta a la dignidad de las personas). ![]() |
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