Cita:
Originalmente publicado por pepeAstur
Me han comentado que es sin IVA,es decir como si no fuera factura,tambien adjuntan DNI del propietario anterior.
Saludos y a ver si alguien sabe a que te expones exactamente.
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Puede darse el caso de que la Náutica haga solo de intermediario, en ese caso quien emite la "factura" es el anterior propietario que es el particular. En ese caso no se puede llamar factura, más bien tiene que ser un contrato de "compra-venta" y liquidar el correspondiente impuesto sobre transmisiones patrimoniales (existe un baremo, de acuerdo con marca, modelo potencia y antigüedad del motor en la que se indica el precio mínimo para tributar la operación).
Lo que esta claro que el vendedor tiene que demostrar la procedencia del motor y el pago de los impuestos en su día (con la factura de compra que le extenderían a él).
En caso de que no exista todo lo anterior, creo que será imposible tramitar el cambio de nombre en capitanía.
Si ese motor ha estado en alguna otra embarcación, podría comprobarse por mediación del número de serie, si es importado legalmente en España y que solo existe una perdida de los papeles originales, y tal vez se podría realizar el cambio.
