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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Kon tu permiso
, Mundakes cuelgo esto en este hilo para el conosimiento y la ilustrasion de los señores cofrades que se van a dedicar a la pesca de tunidos o en su defecto a pasear las "malutas" intentando inutilmente su captura .Cuelgo solo lo concerniente a la pesca deportiva si alguien desea el texto integro, pesca profesional, currican ,cebo vivo, almadrabas, granjas de engorde, comercializacion, desembarcos, etiquetado, etc.. en total mas de 80.000 letras no tiene mas que pedirmelo. ![]() Boletín Oficial: DOCE NÚMERO 96 Fecha Publicación: 15-04-2009 Sección: I (Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación es obligatoria) Órgano Emisor: CONSEJO Norma: REGLAMENTO Número Norma: 302/2009 Fecha Emisión: 06-04-2009 Título: REGLAMENTO (CE) Nº 302/2009 DEL CONSEJO de 6 de abril de 2009 por el que se establece un plan de recuperación plurianual para el atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo, se modifica el Reglamento (CE) nº 43/2009 y se deroga el Reglamento (CE) nº 1559/2007 HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: n) «pesca deportiva»: pesca no comercial practicada por miembros de una organización deportiva nacional o por titulares de una licencia deportiva nacional; o) «pesca recreativa»: pesca no comercial practicada por personas que ni son miembros de una organización deportiva nacional ni son titulares de una licencia deportiva nacional; 15. Cada Estado miembro asignará una cuota específica a la pesca recreativa y deportiva y la notificará a la Comisión antes del inicio de la campaña de pesca mencionada en el artículo 7, apartado 5. 5. Se prohíbe la pesca recreativa y deportiva de atún rojo en el Atlántico oriental y el Mediterráneo entre el 15 de octubre y el 15 de junio. 1. La talla mínima del atún rojo en el Atlántico oriental y el Mediterráneo será de 30 kgo 115 cm. Artículo 12 Pesca recreativa 1. Cada Estado miembro expedirá a los buques las autorizaciones de pesca recreativa necesarias. 2. Con ocasión de las actividades de pesca recreativa se prohíbe capturar, retener a bordo, transbordar o desembarcar más de un ejemplar de atún rojo en cada marea. 3. Se prohíbe la comercialización de atún rojo capturado en la pesca recreativa, salvo con fines benéficos. 4. Cada Estado miembro registrará los datos de capturas de la pesca recreativa y comunicará los datos del año precedente a la Comisión todos los años no más tarde del 30 de junio. La Comisión transmitirá esa información al Comité Permanente de Investigación y Estadísticas de la CICAA. 5. Cada Estado miembro tomará las medidas necesarias para garantizar, en la mayor medida posible, la liberación de los ejemplares de atún rojo capturados vivos (sobre todo los juveniles) con ocasión de la pesca recreativa. Artículo 13 Pesca deportiva 1. Los Estados miembros regularán la pesca deportiva, entre otras medidas mediante la expedición de las autorizaciones de pesca deportiva necesarias. 2. Se prohíbe la comercialización del atún rojo capturado en competiciones de pesca deportiva, salvo con fines benéficos. 3. Cada Estado miembro registrará los datos de capturas de la pesca deportiva y comunicará los datos del año precedente a la Comisión todos los años no más tarde del 30 de junio. La Comisión transmitirá esa información al Comité Permanente de Investigación y Estadísticas de la CICAA. 4. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para garantizar, en la mayor medida posible, la liberación de los ejemplares de atún rojo capturados vivos (sobre todo los juveniles) en el marco de la pesca deportiva. Editado por trabañarru en 17-04-2009 a las 12:20. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a trabañarru | ||
jabuguez pataneg (13-07-2009) | ||
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#2
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¡ mira que la han tomado ... ¡
¡ y qué lenguajes emplean ... ¡ antes que al cimarrón habrá que dedicarse " al corte y confección "... ![]() ![]() ![]()
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venga itxoso´ra ¡ ![]() terrestres kanpora ¡
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#3
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amigo Unai estoy como Juan esperando los pantalanes,ademas para echar el barquito no acompaña el tiempo, esperaremossssssssssssssssss
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#4
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Cita:
joder con pantalanes ya verás que comodidad. el día de viento y mar a contar mentiras allí
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Thunnus alalunga |
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#5
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Buenas a todos y ron del caribe
a discreción y a mi cuenta. Parece que según leísteis este hilo de Askarretxe ( ya estábamos esperando que saliera) os habeis ido corriendo a preparar las canoas, carretes, cañas, y aparejos a toda leche ?. O que al leer las normas esas que con gran acierto nos pone Trabañarru os ha dado tal yuyu que estais vendiendolo todo para comprar un juego del parchís y unas vermudas y gafotas negras para no ser reconocidos bajando a la playa en plena costera ???.Mientras vienen los bonitos, patudos y cimarrones varios.. leyendo (bueno intentando) la dichosa normativa para el atún, veo que hay diferencias interesantes entre pesca recreativa y deportiva: En la recreativa un atún por marea, en la deportiva no dice nada. Es así?? La diferencia entre recre y depor está sólo en estar federado y tener la tarjetita de la fede además de la correspondiente licencia de pesca personal y anexo tres del barco? Serviría para pescar todos los días o sólo en concursos organizados por clubs federados (o lo que sea). Para cansaros un poco más que se entiende legalmente por "marea"?, si es cada vez que un barco entra a puerto a descargar sin más, podría ser que saliendo y al pasar por cantiles, nos pegara un cimarrón y nos volvieramos a puerto a descargar completando así una marea y poder vover a salir en el mismo día a otra marea??Bueno lo que creo que tengo más claro es que en los recreativos nos dejan sólo un atún por marea, lo que significa un atún por barco y marea y no por licencia y día con máximo de cuatro por barco como se decía de otros años .Huy¡¡¡¡¡ si estaís todos corriendo a por el parchis y las gafas.....venga no me hagais caso y tomaros otra botella de ron que veo que la estáis necesitando... |
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#6
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a ver si puedo pasarme por Pesca en Bilbao y que me lo digan allí como hice el año pasado por que como para entender esas milongas.
de todas formas da lo mismo que sea un atún rojo por licencia, que por barco (4 con 4 licencias a bordo, como el año pasado en Euskadi), por que si ya es jodido pescar uno de más de 30 kilos como para pescar más ![]()
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Thunnus alalunga |
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#7
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Unai si tengo ganas de navegar ya que desde noviembre estoy en seco ,seguro que al volver a embarcar me mareo todo llega , hasta el buen tiempo .
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#8
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Buenas noches y carajillos para el personal
Vale Unai, será interesante que te dicen por allí, haber qué dicen por más al oeste, porque por ejemplo yo me enteré en el puerto Marina Cantábrico el año pasado (no sé si el anterior ya también y no insistí mucho pues mis dias libres no coincidian con esa época de costera y no salí a ello) de que allí era ya un atún por día y barco aunque fueran las licencias-pescadores que fueran en el barco, (que me corrijan si estaba mal informado), por lo que podía darse el caso (soñar no cuesta) si pescabas cerca del límite de una y otra o entrabas en Castro o en Bilbao y te miraban la pesca los del uniforme en un sitio estabas bien y en el otro te empapelaban en caso de llevar por ejemplo tres atunes. Por todo esto es bueno, tal y como haces el añadir a una norma que nos han dicho , o sacado oficialmente si es de Cantabria, Euskadi,etc., o general para todos. En otro orden de cosas, ya sé por esperiencia propia lo dificil que es que te pegue un cimarrón de más de treinta kilos y además vencerlo y subirlo a bordo, pero tambien te digo que es posible y esa es la ilusión que hay que tener... y cuando te toca.....leches cuando te toca....das por buenas muchas muchas costeras de bonito dando tumbos allá adentro y poniendo proa a donde escuchabas por radio que se abrian de ese sitio porque eran grandes (cimarrones y/o monjas) y les sacaban todo el aparejo sin remedio, otros cagaban en tó con una vara rota... Ale a soñar que no gasta gasoil. |
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#9
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lo único que tengo claro es que en Euskadi ( preguntado el año pasado en Pesca del Gobierno Vasco) el tema estaba a un atún rojo de más de 30 kilos o más de 115 cm por licencia y máximo 4 por barco (4 licencias).
y el atún blanco (bonitos) peso mínimo 3,2 kilos. 5 por licencia, 4 licencias por barco (20 bonitos) eso es como estaba el año pasado y de momento en la web de Pesca de gobierno Vasco pone lo mismo. preguntaremos
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Thunnus alalunga |
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#10
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Cita:
pues para tradusir y aser entender este texto a mas de un profesional que yo conosco , como no embarque un abogado a bordo ya me contaras.http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/...01:0030:ES:PDF |
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