Cita:
Originalmente publicado por papaventos
Pues por lo que entiendo que dices el otro es un buque que alcanza y tiene que mantenerse apartado de tu derrota.
Saludos.
RIPA.-REGLA 13. Buque que alcanza
a) No obstante lo dispuesto en las Reglas de la Parte B, Secciones I y II, todo buque que alcance a otro se mantendrá apartado de la derrota del buque alcanzado.
b) Se considerará como buque que alcanza a todo buque que se aproxime a otro viniendo desde una marcación mayor de 22,5 grados a popa del través de este último, es decir, que se encuentre en una posición tal respecto del buque alcanzado que de noche solamente le sea posible ver la luz de alcance de dicho buque y ninguna de sus luces de costado.
c) Cuando un buque abrigue dudas de si está alcanzando o no a otro, considerará que lo está haciendo y actuará como buque que alcanza.
d) Ninguna variación posterior de la marcación entre los dos buques hará del buque que alcanza un buque que cruza, en el sentido que se da en este Reglamento, ni le dispensará de su obligación de mantenerse apartado del buque alcanzado, hasta que lo haya adelantado completamente y se encuentre en franquía.
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Gracias por refrescarme la memoria.
Si me llego acordar le embisto
En serio, aunque me hubiese acordado no hubiera provocado una colisión solo porque tengo preferencia de paso, creo que es sentido común.


