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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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En este hilo se ha preguntado dónde se registran a nivel internacional, si es que se registran, los números MMSI de las embarcaciones de recreo bajo pabellón español. Dicha pregunta surge porque en el listado de ITU SÍ QUE FIGURAN LOS DATOS DE BARCOS DE RECREO QUE NAVEGAN BAJO BANDERA DE OTROS PAÍSES.
Ante esta situación, una serie de cofrades empiezan a comprobar si en el listado de ITU figuran los números MMSI de sus propios barcos... y se dan cuenta de que no. A raíz de esto surge la pregunta de si España está adscrita al Tratado de la ITU y por qué no figuran los números MMSI españoles. Resulta que tanto Nelson como Icordoba como yo mismo pertenecemos a la Junta Directiva de ANAVRE, asociación que no es preciso se gestó en este mismo foro. Y resulta que los tres navegamos y a los tres nos preocupa, como a todos los cofrades (o casi) que han intervenido en este hilo, que estemos ante una omisión que pueda suponer un peligro en caso de que tengamos que solicitar ayuda fuera de nuestras aguas. Así las cosas, se decide en ANAVRE que Ignacio se encargue de contactar con la ITU, entre otras cosas porque tiene un amplio conocimiento en esta materia. Y ¿qué hace Ignacio? Simplemente se pone en contacto con ITU y habla con una persona responsable de este organismo, y facilita su nombre (lo que permite a cualquiera comprobar que existe), que le facilita una serie de aclaraciones y documentación al respecto. Ahora, se trata de contrastar con las autoridades españolas (siempre tan rápidas y eficaces a la hora de responder al ciudadano) cómo se manejan estos datos y si, cuando reciben una llamada de emergencia vía DSC de un barco de recreo extranjero, ellos obtienen los datos de la embarcación a través del registro de ITU o, en caso contrario, cómo reciben esos datos. Una vez sepamos lo que ocurre y qué procedimientos se usan, estaremos en condiciones de saber si la Administración española ha actuado correctamente y estamos seguros cuando navegamos por esos mares de Dios (cosa que deseo fervientemente) o si estamos ante una grave negligencia que hay que denunciar. Por último, sólo diré una cosa, y no lo diré más... si intervenimos en este foro es, en primer lugar, como miembros del mismo y, en segundo, y no siempre aunque sí en este caso, como miembros de la directiva de ANAVRE que está trabajando para intentar aclarar un asunto que puede tener muy graves consecuencias. Si se está informando en este foro es porque entendemos que es un asunto que afecta a todos cuantos formamos parte de él. Por ello nos hemos permitido intervenir del modo en que lo hemos hecho. Para nosotros, lo más cómodo hubiese sido no contestar a nadie, trabajar calladamente e informar a través de la web de ANAVRE a nuestros socios y a los usuarios de la misma.... y tal vez nos hubiésemos ahorrado polémicas innecesarias. Os pido disculpas por el ladrillo, unas ![]() ![]() para ayudar a su digestión.Jaime. P.D. El RD 1185/2006 de 16 de octubre No atribuye la competencia sobre radiocomunicaciones a SM sino a la DGMM que es quien, juntamente con el Ministerio de Fomento de quien depende orgánica y jerárquicamente, podría resultar afectada por todo este asunto en caso de existir algún tipo de irregularidad. P.D.II. Si a los cofrades les molesta que informemos de las gestiones realizadas por ANAVRE en este asunto, yo personalmente agradeceré que así se me indique bien a través de este hilo o mediante mensaje privado o meciante e-mail dirigido a juridico@anavre . org . Pero si la mayoría considera oportuno o le parece bien que sigamos informando, también agradecería que así se diga. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jadarvi | ||
amos (17-06-2009) | ||
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