![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Cita:
Efectivamente, la limitación de los 12 pasajeros es algo que viene impuesto por los convenios internacionales de la OMI. Todo barco, independientemente de su eslora, con mas de doce pasajeros a bordo es un buque y ha de cumplir con toda la normativa SOLAS, STCW, etc, al efecto. Asi que la mayoria de yates de grandes esloras estan certificados para doce pasajeros porque sino tendrian que cumplir la legislación de los barcos de crucero, y claro eso supone un pastón y cumplir un montón de condiciones. Y en cuanto a la eslora, casi todos los paises consideran que a partir de 24 metros (buque segun OMI) hay que tener titulación profesional (profesional, que cumpla STCW,nada de commercial endorsement ni cosas de esas) , menos aqui, que un CY puede llevar barcos recreativos sin limite de eslora. En este foro casi siempre se pone de ejemplo el sistema britanico, que es muy bueno, pues bien, sus Ocean Yachtmasters estan limitados en eslora a 24 metros. Se pedia la "capacitación" de los CY para ejercer charter defendiendo que habia un vacio legal (mentira, habia unas titulaciones claramente establecidas) y que los profesionales no querian trabajar en las pequeñas esloras. En esto ultimo tampoco estoy de acuerdo, las nautico-pesqueras llevan unos años llenas de gente que quieren solo dedicarse al charter (nada de ir a la pesca o a la mercante). Y esta gente ha tenido incluso problemas para encontrar empleo porque se daban trabajos a titulados recreativos bajo mano. Se decia que habia mayor demanda que oferta de patrones profesionales en las PEQUEÑAS ESLORAS y por ello debia "habilitarse" a los CY. Pero en las propuestas que yo he leido (no se como saldra en el BOE) no se hablaba en ningun momento de pedir "habilitaciones" para las esloras con problemas, sino que con todo el morro se ha pedido el acceso ilimitado. Esto, que incumple claramente con lo establecido en el convenio STCW (formacion y guardia de mar), es un abuso y espero desde luego que lo aprobado por los ministros incluya la limitacion de eslora. De no ser asi me imagino que será denunciado por los colectivos y asociaciones profesionales (AETINAPE y COMME) con toda la razón del mundo. Supongo que ahora con la nueva regulación, las compañias de charter que tanto clamaban por la "habilitación" para poder "ejercer legalmente" y ansiaban salir de la "alegalidad", pagarán los salarios y las cotizaciones a la seguridad social de sus patrones, y no seguirán como hasta ahora pagando en negro. Saludos Auskalo
__________________
Navego luego existo. |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Cita:
Cita:
![]() ![]() |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Perdonarme, ehhh de buen rollito que sé como se acaba estas discusiones, pero para llevar a 8 o 10 personas en un velero de 40 o 45 pies de Barcelona a las calas de Mallorca no veo que se necesario tener que ser patrón de cabotaje y tener que estudiar la tira de años. Para llevar un pesquero o un mercante ya son palabras mayores. Para dar clases de PER, por ejemplo, entiendo que lo realmente importante son las horas de vuelo, evidentemente un mínimo de CY se impone, simplemente con demostrar tu valía creo que ya está bien, es decir; examen al canto.
En resumen, opino que para llevar 8 personas de calitas no es necesario 5 años de estudios, antes 5 años de regatas/nevegación, que 5 años tras un pupitre. ![]() ![]() |
|
#4
|
||||
|
||||
![]() Por ir a lo concreto, copio la nota de prensa de ANEM, en donde ya nos adelanta los requisitos necesarios y algunas atribuciones para ser patron profesional. ANEN logra la aprobación de la nueva normativa que regula el Certificado de Patrón Profesional de Embarcación de Recreo Por primera vez se ha conseguido que un título deportivo habilite para desempeñar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo Madrid, 15 de junio de 2009.- Tras las intensas negociaciones mantenidas por la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN) con la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), el pasado viernes día 12 de junio fue aprobado en el Consejo de Ministros –a propuesta del Ministerio de Fomento- el Real Decreto que regula la nueva normativa en materia de titulaciones profesionales de la marina mercante y, con ella, la tan esperada regulación del Certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo. La nueva normativa que entrará en vigor el próximo mes de julio, una vez sea publicada en el BOE, supone el cumplimiento de uno de los objetivos más importantes perseguidos por ANEN desde su fundación: la posibilidad de que un título deportivo habilite para desempeñar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo como puedan ser el charter, traslado de embarcaciones o instructor de prácticas en las escuelas náuticas, entre otras. Sin duda, se trata de una excelente noticia para el sector y su puesta en marcha permitirá satisfacer parcialmente la demanda de profesionales en la náutica de recreo. No obstante, queda por llegar la extensión de la regulación de este Certificado Profesional de Embarcación de Recreo a los Patrones de Yate (con las limitaciones correspondientes), así como la flexibilización de los requisitos para su obtención, tal y como solicitó ANEN en los trámites de audiencia. Asimismo, también el próximo mes de julio verá la luz la consecución de otra de las reivindicaciones históricas del sector que ANEN viene defendiendo insistentemente ante la Administración. Se trata de la normativa que regulará el Permiso Temporal de Navegación, conocido también como Matrícula Verde, que permitirá los movimientos de embarcaciones de recreo por mar, durante un periodo de seis meses y sin necesidad de que previamente estén matriculadas, tanto para su traslado de un punto a otro como para la realización de exhibiciones comerciales. Requisitos para obtener el Certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo Según la regulación propuesta, para poder obtener el Certificado Profesional de Embarcación de Recreo, el interesado habrá de estar en posesión del título de Capitán de Yate, con una experiencia determinada (que podrá acreditar a través de declaración jurada del interesado, acompañada de la documentación justificativa de las navegaciones llevadas a cabo, nombre del barco, travesía realizada, etc.) haber cumplido veinte años de edad y superar los siguientes cursos:
Atribuciones del Certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo Quienes dispongan del certificado de especialidad de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo, tendrán atribuidas las siguientes competencias:
Carmen Herrero, cherrero@continuum.es Mar Lucena, mlucena@continuum.es CONTINUUM, Oficina de prensa de ANEN Tfno.: 91 548 23 60 2 |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Que buena noticia....
Ahora solo queda saber como sacarse el certificado, alguien puede arrojar luz sobre este particular.... Salut y enhorabuena a los de ANEN ![]() ![]() Una ronda para celebrarlo ![]()
__________________
.... De pronto un día sentirás que el viento pasa por dentro de tu cuerpo antes de que llegue a la vela y, cuando percibas esa sensación, ya no habrá nadie que pueda enseñarte nada. Entonces dependerá todo de tu inspiración... Manuel Vicent
(Son de Mar) ![]() |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Ok todo lo qu falta es la publicacion y luego hacerl los cursos porcierto alguien me puede indicar que es el ultimo requisito?
__________________
Quien no tenga que hacer ,arme navio o tome mujer EB2288 |
|
#7
|
|
• Superar el reconocimiento médico previo al embarque realizado por el Instituto Social de la Marina.
• Superar una prueba de reconocimiento Es que el reconocimiento médico que nos hicieron previo a la obtención del titulo ya no sirve ![]() Más reconocimientos..... más dinero..... después a quejarnos que es la administración la que cobra por todo. .. ¿es que van a examinar previamente a cada uno de los embarques que se realicen? En verano si hacen 10 embarques uno por semana, se tendrán que reconocer previamente a cada uno de esos embarques. Exigirán unas pruebas físicas como para entrar en el cuerpo de marines....... y de esa manera descartar a los mayores de........ La verdad que desconfío totalmente de ese R.D. , como alguien a dicho Si la limosna es muy grande, hasta el Santo desconfía. Me pasa lo mismo, costará más o tal vez será "inalcanzable", pero de esa forma todos contentos porque los PY pueden ser "profesionales", ![]() ![]()
__________________
Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
|
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|