Cita:
Originalmente publicado por Zirano
 Lo siento amigo pero no estoy deacuerdo.
Boe que regula las titulaciones:
http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/F...4616/TM268.pdf
Dice:
5. Embarcación a motor: Aquella embarcación en la que uno o varios motores constituyen el modo principal de propulsión.
6. Embarcación a vela: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión
y tambien:
Artículo 9.
Embarcaciones a vela.
Para el gobierno de embarcaciones a vela será necesario, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, la realización de prácticas,
Habla del gobierno de embarcaciones a vela, no de vela ni veleros por lo tanto un velero sin velas no es una embarcacion a vela por que no se puede gobernar a velas.
En el caso de un velero con velas izadas y el motor a minima yo diria que el modo principal de propulsion es la vela y por tanto estamos gobernando a vela.
Lo que esta claro que la multa va a depender de lo cabezota que sea el GC.
Se aceptan opiniones.
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Acepto "pulpo" como animal de compañia

, pero como tu mismo dices, eso habra que explicarselo, llegado el caso, a la GC

, a ver que opina

.