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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Me parece que no es para tanto. Especialmente porque en esta taberna se fomenta habitualmente el buen humor. ![]() De todos modos, ya te han dado todas las respuestas. Legalmente, si eres nacional español y navegas en un barco con pabellón español, con sólo el PER no puedes saltar de las islas a la Península, a menos que embarques a un Capitán de Yate (o quizás a un PY, pues no he mirado la carta) o bien cargues el barco en un mercante. Es así y punto. Otra cosa es si navegas en un barco con pabellón de otro país que permita hacer navegaciones de altura sin titulación, como es el caso de Holanda, aunque si te para una patrullera española en aguas españolas puedes tener problemas para demostrar que ese barco con pabellón estranjero lo llevas casualmente y no de forma habitual... Y que continue la fiesta!!! ![]() ![]() |
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#2
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Aunque lleves a un CY necesitarías tener el barco despachado para zona 2 o 1.
Si eres un Francés en barco Francés pues no necesitas nada de nada... toma ya! Peeero, creo que la GC solo te vigila gasta las 12 millas... Es un poco kafkiano todo esto... Tienes que tener una titulación y el barco preparado (legalmente, de como esté para la navegación de altura a nadie le importa) para una zona de navegación en la que no te va a pedir nadie nada y si te vas un poco más lejos quien te exige no te va a rescatar en caso de problemas porque no es su jurisdicción y si no es se jurisdicción porque coño te obliga? ah que la bandera es española, pero si me atacan los piratas... pues a joderse.... No sigo.... |
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#3
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Cita:
Pues sí que tiene su lio, pero es así. A partir de 12 millas es difícil que te pare una patrullera, por lo que nadie se va a enterar de que tienes o no el título adecuado, pero claro si tu barco está matriculado en las Palmas y apareces en Algeciras..., pues es probable que un GC se pregunte cómo has llegado hasta allí... y luego están los del seguro, que són más papistas que el Papa, porque en el resto de Europa sólo te exigen haber pagado la prima para cubrir los riesgos de la póliza y no titulines varios. ![]() ![]() |
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#4
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Estimado cofrade, saludos y ![]() Totalmente de acuerdo contigo. Es del dominio público que a todos los que ha rescatado SM, cuando se encontraban más allá de las 12 Mn, les ha obligado a acercarse a esa distancia para poder efectuar el servicio. Y para el cofrade que ha abierto el hilo: He sido yo el que en un hilo (que tampoco recuerdo) ha puesto que podrías dar la vuelta al mundo costeando, a falta de comprobar las distancias en los pasos de las Aleutianas y el estrecho de Bering. Eso sí, no puedes legalmente ir de la Península a las Islas Baleares, ni de Africa a las Islas Canarias. Otro saludo y más ![]()
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Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae. Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro. |
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#5
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[quote=mazarredo;651438]Estimado cofrade, saludos y
![]() ... Es del dominio público que a todos los que ha rescatado SM, cuando se encontraban más allá de las 12 Mn, les ha obligado a acercarse a esa distancia para poder efectuar el servicio...l /quote] ![]() ![]() ![]() ![]() :mepa rto:![]() ![]() ![]() Incluso creo que el "Esperanza del Mar" (*) o las unidades de la armada que tenemos en la costa de Somalia también te obligan a acercarte a las 12 Mn, sinó, pues agua y ajo... ![]() (*) El "Esperanza del Mar" es un buque hospital que suele navegar en aguas africanas frecuentadas por pesqueros españoles, aunque -naturalmente- presta servicios médicos a todo aquel que lo necesite, sea de la nacionalidad que sea. ![]() ![]() |
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#6
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De un archipiélago español a la costa más cercana PY y zona 3 ¿o 2?
Y vamos, digo yo, ![]() puestos a elucubrar, si te compras un barco en Francia o en Holanda, donde la normativa es más laxa, te vienes a España con el bajel y antes de los 180 días esos en que debes matricularlo (creo) te embarcas en un viaje fuera de la piel de toro con la bandera de origen ![]() ¿qué pasa? ![]() ![]() con más birras encima, otro suponer más sicodélico, el mismo barquito de bandera no española, medio año en un puerto español y el otro medio en un puerto francés o portugués o de viaje fuera de la amada patria?![]()
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#7
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SM a 12millas justas, naufrago a 12millas + 15metros. Conversación: SM: Pishaaaaa! nada un poco y acércate que te recoja!!! Nauf: egqe, toy cansao "no siento las piernassss" SM: enga! que ya te queda menos, ah! y date prisa que esas aletas que te rondan no tienen buena pintaaaa!!! Nauf: ![]() SM: Informe del día: nada fuera de lo normal. Avistamiento de tiburones a poco más de 12millas de la costa ![]() ![]() ![]()
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"Nunca te acostarás sin haber leído un post de La Taberna nuevo" |
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#8
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Todos los barcos de características similares, salvo de algunos paises del tercer mundo, están obligados a llevar un equipamiento similar, para la +/- las mismas zonas de navegación. Este es un aspecto que me gustaría que quedara claro a todos los cofrades cuando nos quejamos en este foro de la legislación española de la náutica. Resulta que la mayoría de normas tienen su origen en convenios internacionales y no en la mesa de un funcionario español y por tanto son comunes a casi todo el mundo (ejemplo: la reciente normativa sobre radiocomunicaciones). Es verdad que algunas interpretaciones arbitrarias de algunas capitanías y algunos aspectos especificamente españoles, son kafkianos y absurdos o pueden parecerlo, pero salvo esos temas la mayoría tienen su origen fuera de España... Un ejemplo de lo específicamente español: los títulos. Algo que quizás muchos no sepan es que las autoridades de otros estados no están obligados en absoluto a reconocer los títulos españoles de náutica de recreo (salvo Capitán de Yate que sí es internacional), pues estos sólo tienen plena validez en aguas españolas. Fuera de ellas, son una simple tarjetita de color azul. Lo que suele suceder es que en virtud de acuerdos bilaterales entre estados, se suelen reconocer títulos de otros estados en correspondencia, si el titular pide una habilitación temporal, por el motivo que sea. Lo que no quiere decir que convaliden los títulos de un país a otro. Perdón por el "ladrillazo" ![]() ![]() |
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#9
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Hola,
Lo decía por las titulaciones más que nada, que es por lo que preguntaba el cofrade. Respecto al material de seguridad hay cosas que no debería ni hacer falta que fuesen obligatorias, hablo de chalecos, vhf, botiquín etc... Pero que si miras con lupa como se hace aqui la interpretación de éstos convenios pues tenemos abismos. Botiquines imposibles de tener al día y con medicamentos, cánulas y cosas que estamos no capacitados para utilizar, caducidades injustificadas de homologaciones, revisiones de materiales que afectan a su correcto funcionameinto (por ej. balsas), material pirotécnico peligroso de almacenar y de utilizar y un largo etcétera. Es que a este paso nos van a homologar la madera de los spiches, que si de teca de birmania mejor, pero al de tres años cambiamos a pino que se hincha con el agua y tapa mejor... Pero bueno, de esto ya se ha hablado largo y tendido. Todo lo que se invierta en seguridad es bueno, pero el problema es que creo que nos hacen malinvertir nuestro tiempo y dinero en la misma. ¿A cuantos les han eseñado a hacer el RCP por ej. ? a mi no, y en un barco es más útil eso que llevar una farmacia a bordo que sabemos ni utilizar adecuadamente. ![]() |
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#10
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Cita:
De todos modos recuerdo a los cofrades que la profesión más peligrosa (en la que se producen más muertes por 1000 trabajadores) es la de marinero, muy por encima de corresponsal de guerra o de la construcción, por ejemplo. ![]() Es lógico que las medidas de seguridad nos puedan parecer exageradas. El mar puede se terrible... cuando quiere! Creo que a pesar de todo cualquier medida de seguridad no está de más. Y si uno no quiere gastarse un pastón, pues se despacha para una zona próxima a la costa y ya está... donde navegues después es otra cosa (pero bajo tu responsabilidad y riesgo) , pues no encuento muha diferencia entre tener un problema a 25 o a 12 millas de la costa.![]() ![]() |
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