Aunque en las atribuciones del PER se entiende como eslora máxima, a la hora de la verdad la que cuenta es la declarada por el astillero, que es la eslora entre perpendiculares (en la línea de flotación) y es la que figura en el certificado de navegabilidad, esta nada tiene que ver con la que se publicita para la venta o da nombre al modelo.
Te remito entonces a que veas la eslora que figura en el certificado de navegabilidad del barco en cuestión, ahí la eslora vendrá en METROS, que es como se registra una eslora en este país. De todas formas, pregunta a Inspectorate, el es quien más sabe de esto en toda la Taberna, aunque no se garantiza que responda.

