![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Buenas, ampliando la información de vigiadeoccidente.
Las "armas" que comentas no se consideran prohibidas, por lo tanto no sería una infracción. Las armas (blancas) prohibidas son.:Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. También se considerarán prohibidas las navajas de hoja menor de 11 centímetros pero que tenga doble hoja y puntiaguda. De todos modos cualquier navaja que se porte siempre puede ser constitutiva de delito, solo importa la utilización que le hagas. En tal caso el portar un arma prohibida (ej. navaja de 8 cm doble filo y puntiaguda) si te coge la poli, es una infracción administrativa nunca un delito. La sanción la tramita la subdelegación o delegación el gobierno y los recursos que se pueden hacer son varios. Si el recurso se hace en base a un deporte y se aporta federación y todo lo que se pueda para acreditar la practica, es muy probable que la sancion no prospere. Saludos "algarrobo" ![]() |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|