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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Pregunta en Capitanía. Podemos discutir de ese tema ad eternum El problema no son los límites, creo que lo tenemos claro. Serían distintos, el barco y el patrón, y mientras los dos estuvieran en el mismo... El problema es el certificado de registro español/permiso de navegación, que según la zona para la que se despache el barco, dice que la titulación "requerida" es... (Si lo tienes para zona 4 dirá PER, si lo tienes para zona 2 dirá PY...) Y requerida es... That's the question Al fin y al cabo, como siempre, quien impone sanciones y estima o no recursos, es la Dirección General de la Marina Mercante. Gracias por las rondas ![]() ![]() Edito, joabp ya lo ha dicho...
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
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#2
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Un poco más.
Este es el "culpable" el anexo I del REAL DECRETO 544/2007, de 27 de abril que recoge el formato del certificado. Ver imagen adjunta. Curiosamente, este "campo" Titulación Requerida" no se explica o recoge en el texto articulado del Real Decreto. ![]() ![]() ![]()
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a otoio | ||
joabp (07-12-2009) | ||
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#3
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Saludos a todos,
creo que esto ya salió en otro hilo, pero por si las "flais": Un PER puede patronear SIEMPRE que navegue dentro de la línea paralela de 12' y SIEMPRE que la eslora del barco sea menor de 12 m, aunque el barco esté despachado para zona 1, 2 ó 3 (mínimo deberá estar despachado para zona 4). Si quiero navegar en zona 3 (25') o 2 (60'), entonces necesitaré PY, estando el barco despachado para la zona en cuestión. Un PY puede patronear SIEMPRE que navegue dentro de la línea paralela de 60' y SIEMPRE que la eslora del barco sea menor de 20 m, aunque el barco esté despachado para zona 1. Si quiero navegar en zona 1, entonces necesitaré CY, titulación requerida para el despacho del barco. Por supuesto, la categoría de construcción del barco DEBE admitir la zona (digamos "máxima")de navegación para la que lo queramos despachar. Otro error muy común respecto a las zonas 5 y 6 es lo de las famosas 2' y 5' de la costa. No es cierto, la ley es muy clarita: son 2' (zona 6) o 5' (zona5) de un abrigo o playa accesible. Digo esto respecto a las atribuciones de Titulín de considerar qué zona / distancia autoriza Capitanía. Joder, no sé si lo he liado más. ![]()
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[SIGPIC][/SIGPIC]¡Vivan los TRIPULONES! Tripulón: Tripusol Pibón |
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#4
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Por cierto, Maxpirat, no estaría mal que digas lo que te han dicho en tu capitanía cuando te lo digan, aunque no sea más que con efectos "estadísticos", pues parece obvio que en este y otros temas, la contestación puede variar según criterios de cada una...
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