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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Creo que no eso hace años ahora son presenciales al 80% y seguro rondas ![]() |
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#2
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Que la edad no sea ningún impedimento para pornerse a sacarse un titulo!!!!
He tenido algunos compañeros en la universidad que entraron con treinta y largos, que se metieron de alumnos con 40, cuando los otros alumnos tenian casi la mitad de años y teniendo oficiales con diez años menos y que al final lograron lo que se propusieron. Al menos tres de ellos están ahora trabajando en buenos barcos. Normalmente los profesores, (ejem... digo normalmente) ven la situación particular de los alumnos y suelen dar algunas facilidades. Por mi experiencia creo que se les da mas facilidades a los extranjeros que vienen a trabajar con sus titulos a españa que las que te puedes encontrar teniendo un titulo español y llendo a cualquier pais, europa incluida. En España no hay prácticamente ninguna protección hacia los trabajadores autoctonos. Sin ir muy lejos Balearia, que acaba de construir 4 barcos subvencionados por el estado y cubriendo lineas de pasaje de las que se consideran "estrategicas"... ponen bandera de Malta, españoles fuera y meten a oficiales lituanos y todos los demás sudamericanos. Todo un ejemplo... que esta creciendo rápidamente por nuestras navieras, que por cierto quedan muy pocas. Lo de que la gente trabaja con el titulo deportivo pq no encuentran gente con el profesional pasó a la historia hace tiempo... la realidad es que la gente que tiene patrones a los que les paga en negro es pq lo hacen pq quieren y no pq no encuentren gente. El que no hace contrato y paga en negro, aunque le vengan 40 personas con el titulo en la mano seguirá sin hacer contrato y pagando en negro. Contestando al tema de bruja, en UK hacen mas o menos lo mismo. Yo con un titulo español no puedo trabajar en barcos ingleses, tengo que pedir el CEC (certificado de equivalencia) y para esto me piden un examen de inglés y un examen sobre la legislación inglesa, a parte de pagar las tasas correspondientes (unos 100 euros creo recordar). Así que por mucho que estemos en la EU con libre circulación de trabajadores y aunque se cumpla el STCW'95 cada pais pone sus reglas para aceptar los titulos. P.D.: Para Vidal Mestre... el estatuto de catalunya está aprobado y bendecido desde hace tiempo ya. La pantomima del TC es uno de esos espectaculos tan bochornosos de los que hacen que te avergüences de ser español. jeje mejor no entremos en politica que el mar nos une a todos. |
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#3
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Buenos dias Issacar, gracias por acordarte de mi.
No es que quiera meterme en politica, para eso ya tenemos el futbol, pero si que las decisiones politicas, nos influyen demasiado en el entorno como bien debes saber. Cualquier mente pensante , decide lo que debemos hacer, lo que podemos y lo que no quieren que hagan. O evolucionamos dentro del sector náutico o terminaremos como el sector pesquero, "sin barcos" y comandados por piratas somalis,, el tema estatuto , ni nuestros nietos lo veran desarrollado, no es mi intención crear polemica con este tema, pero si algún dia entra en vigir van a cambiar cosas para bien o para mal, el tiempo lo dirá Unas rondas |
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#4
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a cuanto salen los cursos ? mas o menos precios!
gracias ![]() |
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#5
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Cita:
Vidal, me podías aclarar esto que dices.... los 90 dias se les exige al barco??. Te cuento: En el caso que por ejemplo un Inglés (vive,reside,trabaja,etc.. en UK) que tiene el barco en España.... tendrá que matricularlo en españa ??? ![]() Me podrías poner el Link de la norma en cuestión... pensaba que esto se aplicaba a barcos que lleven más de 90 dias en España y QUE PERTENEZCAN A RESIDENTES.... es así o de otro modo ?? ![]()
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TASHI DELEK !! |
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#6
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Eso deberias buscarlo en la AGencia tributaria y seguro que lo encuentras, voy demasiado liado ahora para localizartelo
suerte |
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#7
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Para que un barco de bandera extrangera, británica por ejemplo, pueda estar ilimitadamente en aguas españolas, es suficiente que el armador no sea español, pues si es español debe matricularlo con bandera española y pagar impuesto de matriculación, y que el buque (barco) tenga pagado el IVA (VAT) en cualquier estado europeo.
Siendo así puede permanecer indefinidamente en aguas españolas, si no pasado un periodo de tiempo (creo 3 meses pero no estoy seguro) debe abandonar las aguas o ser precintado. Esto se hace, se solicita a la GC que precinte el barco y después que lo desprecinte y lo disfrutan sólo la temporada. |
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